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Con fecha 31 de enero del actual, se recibe expediente del Ayuntamiento de Punta Umbría, para la enajenación, mediante pública subasta, de cinco parcelas del SAPU núm..- 1, de los bienes de propios, según acuerdo plenario del día 28 de noviembre de 1994.
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de
18 de abril, artículos 109, 112.1, 113, 114, 118 y 119 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, Ley 7/1985, de
2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.
La descripción exacta de las parcelas es la que sigue:
Parcela núm. 1, del SAPU núm. 1, con una extensión superficial de 7.205 m2 de forma trapezoidal y que presenta los siguientes linderos: Al NE, en línea recta de
145 mts. con parcela núm. 2 (Deportiva) al SE, en línea recta de 70 mts. con la Avda. que la separa de la U.A.
11; al SO, en línea quebrada de 135,50 y 16 mts., con el Boulevard de nueva creación y al NO, en línea recta de
27,10 mts. con calle de nueva creación y que la separa de la parcela núm. 8.
Tiene una valoración pericial de 90.000.000 ptas.
Parcela núm. 5, del SAPU núm. 1, con una extensión superficial de 300 m2 de forma rectangular y que presenta los siguientes linderos Al NE, en líneo recto de 12,50 mts. con futura zona peatonal que la separa de la parcela núm. 6; al SE, en línea recta de 24 mts., con futuro zona peatonal que la separa de la parcela núm. 9; al SO, en línea recta de 12,50 mts. con el Boulevard y al NO, en línea recta de 24 mts. con avenida de nueva creación que la separa del SAPU núm. 2.
Tiene una valoración pericial de 7.000.000 ptas.
Parcela núm. 6, del SAPU núm. 1, con una extensión superficial de 750 m2 de forma rectangular y que presenta los siguientes linderos: Al NE, en línea recta de 25 mts. con calle de nueva creación que la separa de la parcela núm.
3; al SE, en línea recta de 30 mts., con futura zona peatonal que la separa de la parcela núm. 7; al SO, en línea recta de 25 mts. con futura zona peatonal que la separa de la parcela núm. 5 y al NO, en línea recta de
30 mts. con avenida de nueva creación que la separa del SAPU núm. 2.
Tiene una valoración pericial de 17.500.000 ptas.
Parcela núm. 7, del SAPU núm. 1, con una extensión superficial de 750 m2 de formo rectangular y que presenta los siguientes linderos: Al NE, en línea recta de 25 mts. con calle de nueva creación que la separa de la parcela núm.
4 al SE, en línea recta de 30 mts., con calle de nueva creación que la separa de la parcela núm. 2 al SO, en línea recta de 25 mts. con futura zona peatonal que la separa de la parcela núm. 8; y al NO, en línea recta de
30 mts. con futura zona peatonal que la separa de la
parcela núm. 6.
Tiene una valoración pericial de 17.500.000 ptas.
Parcela núm. 8, del SAPU núm. 1, con una extensión
superficial de 450 m2 de forma rectangular y que presenta los siguientes linderos al NE, en línea recta de 12,50 mts. con futuro zona peatonal que la separa de la parcela
núm. 7; al SE, en línea recta de 36 mts. con calle de
nueva creación que la separa de las parcelas núm. 2 y 3; al SO, en línea recta de 12,50 mts. con Boulevard de
nueva creación; y al NO, en línea recta de 36 mts. con
futura zona peatonal que la separa de la parcela núm. 9. Tiene una valoración pericial de 10.500.000 ptas.
Signatura Registral: Inscritas en el Registro de la
Propiedad de Huelva-1. Tomo 1.727, libro 179 de Punta
umbría, folio 208, finca 15.506 (del SAPU núm. 1).
En su virtud, he resuelto:
1.º Prestar conformidad a la enajenación, mediante
pública subasta, de cinco parcelas de los bienes de
propios del Ayuntamiento de Punto Umbría.
2.º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento de
Punta Umbría.
3.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
4.º Contra esta Resolución podrá interponerse el
Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común,
ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes
desde la notificación de la mismo, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Huelva, 3 de marzo de 1995.- El Delegado, José
Antonio Muriel Romero.
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