Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 24/3/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 13 de marzo de 1995, de la Viceconsejería, por la que se autoriza la prórroga de la aprobación de modelo del contador de energía eléctrica que se indica.

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Vista la petición interesada por la entidad «Landís Gyr Española, Sociedad Anónima¯, domiciliada en calle Estornino, núm. 3, Sevilla, en solicitud de. autorización de prórroga de la aprobación de modelo del contador de energía eléctrica modelo MG 330 O1 h, trifásico para energía reactiva, simple tarifa, sobrecargable al 300 por

100, de 5(15) A, 3 x 63,5/110 V, 50 Hz, aprobado por Orden de 26 de diciembre de 1983 (BOE de 27 de enero de 1984), la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.10 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Ley 3/1985, de

18 de marzo, de metrología y el Real Decreto 1.616/1985 de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, una vez considerado el informe técnico emitido por Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. de fecha 24 de enero de 1995, en el que se manifiesta la comprobación sobre los contadores presentados a examen que se corresponden con la memoria y han superado los ensayos de comprobación de los mismos respecto al modelo aprobado, ha resuelto

Primero. Autorizar la prórroga a de aprobación de modelo por un plazo de validez 3e dos años, a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución, a favor de la entidad «Landis Gyr Española, Sociedad Anónima¯, del contador de energía eléctrica modelo MG

330 ? I h, trifásico para energía reactiva simple tarifa sobrecargable al 300 por 100, de 5(15) A, 3 x 63,5/110 V, 50 Hz.

Segundo. Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Consejería de Industria Comercio y Turismo nueva prórroga de aprobación de modelo..

Tercero. Siguen vigentes los mismos condicionamientos que figuraban en la Resolución de aprobación de modelo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia

de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla; 13 de marzo de 1995.- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.

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