Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 25/3/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 14 de marzo de 1995, relativa al régimen de concesión de subvenciones de la Consejería.

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El artículo 21.1 de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994, establece que los programas de subvenciones concedidas con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía se ejecutarán con arreglo al principio de publicidad entre otros.

Habiendo sido prorrogado el Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1994, y no siendo necesario alterar el régimen vigente regulador de las subvenciones de esta Consejería, en cumplimiento de lo prescrito por el artículo antes citado, he tenido a bien disponer

Artículo único. La concesión de subvenciones de la Consejería de la Presidencia a empresas, familias e instituciones sin fines de lucro, a Corporaciones Locales y otros entes públicos se regirá por lo previsto en los artículos 21 y 22 de la Ley 9/1993, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994 y las Ordenes de 12 de marzo de 1993 (BOJA

20.3.1993) y de 9 de marzo de 1992 (BOJA 13.3.1992) reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consejería .

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 14 de marzo de 1995

LUIS PLANAS PUCHADES

Consejero de la Presidencia

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