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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988 de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTE DE ALMERIA, S.A. ALMERIA
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario (disuasorio) 90 ptas Bono-Bus (10 viajes) 725 ptas. Bono-Bus Pensionistas (10 viajes) 275 ptas. Tarjeta Mensual (libre uso) 3.150 ptas. Tarjeta Mensual estudiantes (libre uso) 2.700 ptas. Billetes Servicios Especiales 125 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 17 de marzo de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejería de Economía y Hacienda
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