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Acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo en su sesión celebrada el día 21 de diciembre de 1993. Nívar. Plan Parcial PP.1 promovido por Agrupación de Propietarios PP.P.1 Rfª : 2.908.
«Examinado el expediente de Plan Parcial PP.1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del término municipal de Nívar, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento en fecha 29 de abril de 1993 y elevado a la Comisión Provincial de Urbanismo a los efectos previstos en el art. 116 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana. Atendiéndose a lo dispuesto en el citado Texto Legal, Reglamento de Planeamiento y Decreto 194/1993, de 21 de septiembre por el que se regula el ejercicio de los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía en materia de urbanismo. Vistos los informes de la Ponencia Técnica y Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes y en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en los artículos 118 b) del Real Decreto Legislativo 1/1992 de
26 de junio y 138.3 del Reglamento de Planeamiento, la Comisión Provincial de Urbanismo
H A R E S U E L T O
Primero. Aprobar definitivamente el mismo, quedando pendiente este acuerdo de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) a que se hayan presentado las garantías previstas en el art. 46 del Reglamento de Planeamiento según lo dispuesto en el art. 139 del mismo.
Segundo. Esta Resolución se notificará al Ayuntamiento de Nívar e interesados«.
Una vez cumplimentado el acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo de fecha 21 de diciembre de 1993, procede la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso-contencioso administrativo ante la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 57-2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956. La interposición del Recurso se comunicará previamente a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, según lo establecido en el art.
110.3 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Granada, 1 de marzo de 1995.- El Secretario de la Comisión, Olvido Pérez Vera, Vº Bº El Vicepresidente de la Comisión, Pedro Julián Lara Escribano.
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