Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 5/4/1995

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

CORRECCION de errores de la Resolución de 17 de febrero de 1995, de la Dirección General de Gestión de Recursos del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca Concurso de Traslado para cubrir plazas vacantes de Auxiliar Administrativo de Función Administrativa de Centros Asistenciales dependientes del Organismo. (BOJA núm. 37 de 8.3. 95).

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Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 37 de 8 de marzo de 1995 Resolución de 17 de febrero de 1995 por la que se convoca Concurso de Traslado para cubrir plazas vacantes de Auxiliar Administrativo de Función Administrativa de Centros Asistenciales dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y advertidos errores en el texto de la misma, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

En la página núm. 1.978, columna izquierda, base 2.1, donde dice: «Tendrán acceso a la convocatoria del concurso los Auxiliares Administrativos que se encuentren desempeñando o tengan reservada plaza en propiedad de la misma categoría en Centros Asistenciales del Sistema Nacional de Salud, así como el personal que se encuentre en situación distinta a la de activo procedente de plazas de tales Instituciones«.

Debe decir: «Tendrán acceso a la convocatoria del concurso los Auxiliares Administrativos que se encuentren desempeñando o tengan reservada plaza en propiedad de la misma categoría en Centros Asistenciales del Sistema Nacional de Salud, constituido por las administraciones públicas sanitarias, así como el personal que se encuentre en situación distinta a la de activo procedente de plazas de tales Instituciones«.

En la página núm. 1.978, columna derecha, base 2.4, donde dice: «El personal que haya obtenido reingreso provisional en plaza de los Centros Asistenciales de Andalucía, deberá participar a fin de obtener el reingreso definitivo, con la obligación de solicitar todas las plazas ofertadas de la misma categoría, Atención Primaria o Especializada, donde ocupen provisionalmente la plaza,...«.

Debe decir: «El personal que haya obtenido reingreso provisional en plaza de los Centros Asistenciales de Andalucía, deberá participar a fin de obtener el reingreso definitivo, con la obligación de solicitar todas las plazas ofertadas del mismo nivel asistencial, Atención Primaria o Especializada, de la correspondiente Area de Salud donde ocupen provisionalmente la plaza,...«.

En la página núm. 1.978, columna derecha, falta la base 3.4 completa, que dice: «Aquellos participantes que, por la puntuación obtenida, puedan optar a plaza de Atención Primaria y Asistencia Especializada, serán oportunamente requeridos a fin de que manifiesten su opción por una de ellas. En caso de no efectuar dicha opción en el plazo que se habilite al efecto, se entenderá que optan por la plaza para la que tengan mayor puntuación«.

En la página núm. 1.983, columna derecha, Anexo IV, apartado B) donde dice: «Baremo de méritos alicable...«.

Debe decir: «Baremo de méritos aplicable...«.

Sevilla, 14 de marzo de 1995.- El Director General, José de Haro Bailón.

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