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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Chiclana de Segura, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio. Siendo competente el Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer:
Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta, acordada por el Ilmo. Ayuntamiento de Chiclana de Segura (Jaén), en sesión plenaria de
4.11.93, del siguiente inmueble:
- Solar sito en «La Porrosa«, con una superficie de 521,30 m2.
- Linda al Norte con don César Olivares, al Sur con camino de entrada a La Porrosa, al Este con Camino Saavedra y al Oeste con camino de entrada al anejo.
- Inscrito en el Registro de la Propiedad al tomo 1.484, libro 115 y finca
7.858.
Valor pericial: 998.450 ptas.
Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Chiclana de Segura.
Jaén, 15 de marzo de 1995.- El Delegado, Juan Torres Morales.
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