Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 7/4/1995

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 15 de marzo de 1995, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se ofertan vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas, por promoción interna y por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Pesca (B.2008).

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Propuesta por el correspondiente Tribunal en relación definitiva de aprobados, en las pruebas selectivas por promoción interna y por el sistema general de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Técnicos de Grado Medio, opción: pesca, convocadas por Orden de 8 de febrero de 1.993 (B.O.J.A. nº 30 de 25 de Marzo), de esta Consejería de Gobernación, procede dar cumplimiento a la base 9.3 y siguientes de la misma.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública ha resuelto:

PRIMERO. 1.- Los aspirantes que figuran en la relación definitiva de aprobados presentaran en la Dirección General de la Función pública de la Consejería de Gobernación, plaza Nueva, nº 4 -41071- SEVILLA, o Delegaciones de Gobernación, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 38.4, de la Ley 30/1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, y en el Artículo

51.2 de la Ley 6/1.983 de 21 de Julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el B.O.J.A., los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de Octubre de 1.991 (B.O.J.A. nº 90, de 11 de Octubre).

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Certificado médico acreditativo de no

padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el servicio.

2.- Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos cualquiera que sea su grado deberán presentar certificado de los órganos competentes del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de minusvalía que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria.

3.- Los aspirantes que tuvieren la condición de funcionarios y aquellos otros que estuvieren prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos, siempre que hubiesen sido inscritos 6 anotados en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. En el caso de los aspirantes en el turno de promoción interna se acompañará primera inscripción emitida por el Registro General de Personal así como certificación de la antigüedad y situación administrativa del aspirante y fotocopia debidamente compulsada, del titulo académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo.

SEGUNDO.- De acuerdo con lo regulado en la Disposición

Adicional segunda del Decreto 79/1.992 de 19 de mayo

por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para

1.992, y base 9.8 de la Orden de Convocatoria los

funcionarios que se hallen prestando servicio en la

Administración de la Junta de Andalucía desempeñando

puestos de trabajo con carácter definitivo y superen

las pruebas selectivas de ingreso en Cuerpo de otro

Grupo al que dicho puesto se halle también adscrito,

podrán optar entre continuar desempeñándolo con tal

carácter o solicitar la adjudicación de alguno de los

que con carácter general sean ofrecidos a los

aspirantes seleccionados en dichas pruebas.

En el caso de optar por continuar en el mismo

puesto se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario del nuevo Cuerpo y la

declaración de la situación de excedencia voluntaria,

prevista en el artº . 29.3ª ) de la Ley 30/1.984, de 2

de Agosto, en el Cuerpo al que pertenecía con

anterioridad.

TERCERO.- De conformidad con el artº . 43 de la Ley 6/85 de Ordenación de la Función Pública de Andalucía

modificado en su redacción según la Disposición

Adicional undécima de la Ley 3/91 de presupuestos para

1.992, quienes no tengan previamente la condición de

funcionarios únicamente podrán acceder a la Función

Pública de la Junta de Andalucía con carácter

definitivo en puestos de trabajo de nivel básico (se

identifican en el Anexo I por las letras PC,SO), para

los que cumplan los requisitos exigidos para su

desempeño conforme al artº . 8 del Decreto 390/1.986 de

10 de Diciembre, haciéndolo con carácter provisional en caso contrario.

CUARTO.- Los puestos de trabajo de nivel no básico (se

identifican en el Anexo I por las letras PC) incluidos

en la relación de vacantes que se ofertan para esta

convocatoria podrán ser provistos con carácter

definitivo por quienes hayan accedido a las pruebas

selectivas por el sistema de promoción interna, a tenor de lo dispuesto en el artº . 43.3 de la Ley 6/85 de 28

de Noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Los puestos de trabajo de nivel no básico que

no hayan podido ser cubiertos por los funcionarios

referidos en el párrafo anterior, podrán ser ocupados

con carácter provisional por los funcionarios de nuevo

ingreso.

QUINTO.- En atención a las prioridades funcionales de

los servicios de esta Administración las vacantes

ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la

presente Resolución.

SEXTO.- 1.- Los aspirantes aprobados remitirán, junto

con la documentación indicada en el apartado primero,

la petición de destino que deberá efectuarse,

necesariamente, en el modelo de instancia que figura

como Anexo II.

2.- Las instancias habrán de ser

cumplimentadas a máquina y en especial los códigos

correspondientes a cada destino solicitado, los cuales

deberán figurar por orden de la preferencia del

aspirante.

SEPTIMO.- Los destinos se adjudicarán a los aspirantes

seleccionados en las respectivas pruebas, de acuerdo

con la puntuación total obtenida y el referido orden de preferencia de destino, sin perjuicio de que los

aspirantes que ingresen por el sistema de promoción

interna, en virtud de lo dispuesto en artículo 4º . c)

del Decreto 264/1.989 de 27 de Diciembre (B.O.J.A. nº .

103 de 29 de Diciembre) y base 9.7 de la Orden de

convocatoria tendrán, en todo caso, preferencia sobre

el resto de los aspirantes para cubrir las vacantes

ofertadas.

OCTAVO. 1.- Aquellos aspirantes que no presenten la

petición de destino dentro del plazo señalado se les

adjudicará alguno de los que resulten vacantes una vez

atendidas las peticiones de los demás aspirantes.

2 - Quienes dentro del plazo fijado, y salvo

los casos de fuerza mayor, no presentasen la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en las

Bases 1.5 y 2 de la Orden de Convocatoria, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

Contra la presente Resolución que pone fin a

la vía administrativa, cabe interponer recurso

contencioso-administrativo, ante la Sala

correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de

su publicación, (Artículo 58.3 de la Ley de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de

diciembre de 1.956), previa comunicación a esta

secretaria General para la Administración Pública de

conformidad con lo establecido en el artº . 110.3 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Sevilla, 15 de marzo de 1995.- El Secretario General, Antonio Roig López.

VEANSE ANEXOS

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