Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 26/4/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 17 de febrero de 1995, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de La Rinconada. (4100330).

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Visto el convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de La Rinconada (Código 4100330), para 1994, suscrito por la empresa y la representación legal de los trabajadores.

Visto lo dispuesto en el art. 90 de la Ley 8180, de 10 de marzo, en relación con el R.D. 1040/81, de 22 de mayo, los convenios colectivos deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (C.M.A.C.).

Visto lo dispuesto en el art. 2.b del R.D. 1040/81, de

22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, acordó con fecha 16 de enero de 1995:

Primero: Registrar el convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de La Rinconada.

Segundo: Remitir el mencionado convenio al C.M.A.C. para su depósito.

Tercero: Comunicar dicho acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora en cumplimiento del art. 3 del R.D. 1040/81, de 22 de mayo .

Cuarto: Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

Visto que con fecha 2 de febrero de 1995, tiene entrada en esta Delegación Provincial escrito del Gobierno Civil de Sevilla, mediante el cual se nos devuelve sin publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el texto del convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de La Rinconada.

Visto que por el art. 43 de la Ley 42/94, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, se modifica el apartado 3º del art. 90 del Estatuto de los Trabajadores (Ley 8/80, de 10 de marzo).

Visto que la citada modificación dispone la publicación obligatoria y gratuita de los convenios colectivos en función del ámbito territorial de los mismos en las boletines oficiales de las Comunidades Autónomas a que correspondan.

Visto, por consiguiente, que el referido convenio deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía,

A C U E R D A

Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de La Rinconada.

Sevilla, 17 de febrero de 1995.- La Delegada, P.A. (Decreto 21/85, de 5 de febrero), La Secretaria General, Mª de los Angeles Pérez Campanario.

Ver Anexo en fascículo 2 de 2 de este mismo número

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