Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 1 de julio de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3973/92, promovido por don Fernando Sánchez García y otros, sobre autorización, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que estimando el recurso contencioso-administrativo número 3973/92, interpuesto por el Procurador don Jesús Escudero García en nombre y representación de don Fernando Sánchez García, don Rafael Molina Trigo y don José Francisco Bernal Redondo, declaramos la nulidad de las resoluciones impugnadas precitadas en el fundamento jurídico primero de esta sentencia y declaramos el derecho de los demandantes a percibir el plus de peligrosidad del artículo 47 del III Convenio Colectivo citado con efectos desde el 15 de abril de 1991. Sin costas.
Sevilla, 20 de abril de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF