Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 5/5/1995

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Dirección General de Bienes Culturales, por el que se notifica la Resolución de 21 de julio de 1994, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la Iglesia Parroquial de Santa Marina, en Cañaveral de León (Huelva) a los interesados en el mismo.

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I. La Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General de la Iglesia Parroquial de Santa Marina en Cañaveral de León (Huelva).

El templo, edificio de gran sencillez, destaca tanto por su relación con el conjunto de iglesias mudéjares de la Sierra Norte de Sevilla y Huelva, como por su significado dentro del casco histórico de dicha población. Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de la Iglesia Parroquial de Santa Marina, en Cañaveral de León (Huelva), cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

La presente notificación se publica a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los interesados desconocidos que a continuación se indican:

Propietarios o titulares de otros derechos afectados por la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la Iglesia Parroquial de Santa Marina, en Cañaveral de León (Huelva).

Sevilla, 23 de marzo de 1995.- El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación.

Denominación: Iglesia Parroquial de Santa Marina. Localidad: Cañaveral de León (Huelva).

Ubicación: C/ Cinco Villas núm. 2.

Fecha de construcción: Siglo XV, con reformas en los siglos XVIII-XX. Autor: Desconocido.

Estilo: Mudéjar-Barroco.

Descripción.

La Iglesia Parroquial de Santa Marina se enclava en el núcleo primitivo de la población onubense de Cañaveral de León, entre las actuales calles Cinco Villas e Iglesia. Construida en el siglo XV, y remodelada en el siglo XVIII, ha sufrido numerosas transformaciones posteriores que han desvirtuado sus características primitivas.

El templo presenta planta rectangular con una sola nave y ábside recto. En el interior, la nave se encuentra dividida en cuatro tramos iguales, articulados mediante ocho pilares rectangulares que crean capillas hornacinas de escasa profundidad. Cada uno de estos tramos se cubre con bóveda de cañón con lunetos separados por arcos fajones. El presbiterio, que es considerado la parte más antigua del inmueble, se caracteriza por ser el doble de ancho que el resto de los tramos de la nave, y por presentar bóveda nervada de terceletes.

Al margen de las características señaladas para el templo, conviene mencionar la existencia de varias estancias adosadas al muro del Evangelio, una de las cuales es usada como sacristía. En el muro de la Epístola, y a los pies de la nave, se encuentra la capilla bautismal. Del exterior del inmueble únicamente cabe resaltar la existencia de dos portadas. La principal, ubicada a los pies del templo, se resuelve por medio de un cuerpo central con arco de medio punto que se adelanta a la línea de fachada. El vano de acceso al templo, que queda cobijado por dicho cuerpo, es también de medio punto, y sobre él aparece un óculo que permite la iluminación de la nave. Todo el conjunto de la portada se encuentra rematado por una espadaña de dos cuerpos.

La portada secundaria, ubicada en el lado de la Epístola, se compone de un vano de medio punto entre pilastras toscanas. Sobre ellas aparece un sencillo entablamento y frontón triangular, de líneas quebradas.

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