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La favorable acogida y el interés que han despertado, en los distintos ámbitos económico-financieros andaluces, las sucesivos ediciones de los premios "Andalucía de Economía y Hacienda Autonómica", han reforzado las razones que llevaron a la Consejería de Economía y Hacienda a la convocatoria de los mismos.
Con la presente convocatoria se alcanza la cuarta edición, habiéndose logrado un satisfactorio grado de consolidación, lo que estimula y permite profundizar en los objetivos que con esta medida de fomento la Consejería de Economía y Hacienda se propuso inicialmente. Tales objetivos son: favorecer e incentivar la divulgación, estudio y análisis de los distintos aspectos que conforman el amplio campo de la economía y la hacienda andaluza.
Los "Premios Andalucía 1995 de Economía y hacienda Autonómica", abarcarán, junto a las tres modalidades contempladas en anteriores convocatorias (artículos periodísticos, trabajos publicados en revistas especializadas y trabajos de investigación, que versen sobre temas relacionados con la economía y hacienda autonómica andaluza), una nueva modalidad dirigida a galardonar a personalidades que sean merecedoras del reconocimiento público por su labor científica y a aportación, a lo largo de su vida profesional, en el ámbito de la Economía y Hacienda Andaluza.
En su virtud, esta Consejería ha tenido a bien,
DISPONER:
Primero.- Modalidades y objeto de los premios.
1.- Se convocan las "Premios Andalucía 1995 de Economía y Hacienda Autonómica" en las siguientes modalidades que tienen por objeto galardonar:
1ª .- Prensa: los trabajos publicados en presa diaria o revistas de divulgación económica o general tales como reportajes, artículos periodísticos, etc., y que versen sobre algún tema relacionado con la Economía o la Hacienda Autonómica Andaluza.
2ª .- Revista y otras publicaciones periodísticas especializadas: los trabajos publicados en revistas especializadas y otras publicaciones periódicas, tales como anuarios, informes sectoriales periódicas, etc., y que versen sobre algún tema relacionado con la Economía y la Hacienda Autonómica Andaluza.
3ª .- Trabajos de investigación: los trabajos de investigación, tales como tesis doctorales, tesinas u otro tipo de trabajo investigador, que versen sobre algún tema relacionado con la Economía o la Hacienda Autonómica Andaluza.
4ª .-Personalidades: personalidades que por su dedicación y aportación a lo largo de su vida profesional han destacado en los ámbitos de la divulgación, estudio o investigación de la Economía o Hacienda Autonómica Andaluza. En esta modalidad se premiará el conjunto de la obra y no un trabajo o una actividad concreta.
2.- En las modalidades 1ª y 2ª los trabajos que presenten a concurso deberán haber sido publicados por medios de información con difusión en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en castellano y durante el año 1994 y primer semestre de 1995.
Los trabajos de investigación de la modalidad 3ª deberían haber sido realizados o terminados durante el año 1994 y primer semestre de 1995, sin que sea necesaria su publicación.
3.- Podrán ser presentados a concurso tanto aquellos trabajos que formen un unidad como aquellos otros constituidos por series continuadas o secuenciales.
Segundo.- Cauces de participación.
1.- La participación en las modalidades 1ª , 2ª , y 3ª , podrá efectuarse a titulo individual o colectivo, por dos cauces distintos:
- Envío de los trabajos a concurso por parte de los propios autores, ya sean trabajos a titulo individual o colectivo.
- Presentación de trabajos por el medio en que se hayan difundido.
2.- En la modalidad 4ª , las candidaturas deberán ser presentadas por asociaciones y entidades relacionadas con los ámbitos económicos-financieros andaluces, tales como Colegios Profesionales, Universidades, Facultades y organizaciones representativas de intereses sociales.
Tercero.- Solicitudes, documentación y plazo.
1.- Las solicitudes para participar en las diversas modalidades previstas en esta convocatoria deberán presentarse en los Registros de la Consejería de Economía y Hacienda y en los Registros de los demás órganos y en las oficinas que corresponda, de conformidad con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme al modelo que se adjunta como Anexo.
2.- El plazo de presentación de solicitudes termina el día 15 de septiembre de 1995.
3.- Los trabajos podrán ser presentados, conforme a lo establecido en el punto segundo. 1, siempre que conste el consentimiento del autor o autores. Los derechos de propiedad intelectual, en el supuesto de trabajos no firmados o presentados bajo seudónimo, se ejercerán por la persona natural o jurídica que los saque a la luz con el consentimiento del autor y responsabilizándose éste de la acreditación de la titularidad del mismo.
4.- Cuando se trate de reportajes, artículos periodísticos, etc., publicados en prensa, revista y otras publicaciones especializadas, se remitirá, junto a la solicitud de participación, un ejemplar del periódico o revista en que haya sido publicado el trabajo que opta al Premio, y una fotocopia de la página o páginas en que aparezca el citado trabajo.
5.- Cuando se trate de trabajos de investigación, se remitirán, junto a la solicitud de participación, dos ejemplos completos, consistiendo, uno de ellos, en una fotocopia sin encuadernar. Si éstos forman parte de una publicación, se remitirá, junto a la publicación completa, la fotocopia de la parte que contenga el trabajo que opte al Premio.
6.- La presentación de candidaturas de personalidades prevista en la modalidad 4ª , por las entidades y organizaciones a las que se refiere el punto segundo de esta Orden, deberá ir acompañada de: Datos personales del candidato, una memoria justificativa de sus méritos y de las razones que han motivado su presentación, certificado acreditativo de que el acuerdo de presentación del candidato se ha adoptado de conformidad con las normas estatutarias o régimen jurídico por el que se rija la entidad u organismo proponente.
7.- No serán admitidos a concurso los trabajos y candidaturas de personalidades que no reúnan los requisitos especificados anteriormente.
Cuarto.- Aceptación de las bases.
La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de las condiciones de la presente Orden.
Quinta.- Jurado Calificador.
1.- El examen y selección de los trabajos recibidos se hará por el Jurado, cuya composición será:
Presidenta: La Consejería de Economía y Hacienda.
Vicepresidente: El Viceconsejero de Economía y Hacienda.
Vocales:
a) Cinco miembros de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus Organismo Autónomos, Instituciones y Empresas.
b) Dos miembros designados entre los Decanos de las Facultades de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidades Andaluzas, o entre las Presidentes de los Colegios Oficiales de Economistas de Andalucía.
c) Cuatro miembros del mundo profesional, empresarial o académico de reconocido prestigio, relacionados con el ámbito económico-financiero andaluz.
Los vocales serán designados por la Consejería de Economía y Hacienda conforme a lo establecido en los apartados anteriores, haciendose pública la relación definitiva mediante Resolución en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Orden.
Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Consejería de Economía y Hacienda designado por la Consejería.
2.- El Jurado podrá recabar, sí lo estima oportuno, el asesoramiento de personalidades del mundo académico y profesional para la valoración de los trabajos presentados, cuando éstos revistan un alto índice de complejidad.
3.- Los Premios podrán declararse desiertos si, a juicio del Jurado, los trabajos presentados no alcanzan la calidad suficiente para hacerlos acreedores a los mismos.
4.- El Jurado se regirá por lo establecido en la legislación vigente.
Sexto.-Premios.
Los premios a conceder serán los siguientes:
1) Prensa: Para artículos, reportajes o comentarios, publicados en diarios o revistas de divulgación económica o general:
- Un Premio de 500.000 pesetas y figura conmemorativa.
2) Revistas y otras publicaciones periodísticas especiales. Para trabajos publicados en revistas especializadas u otras publicaciones periódicas:
- Un Premio de 750.000 pesetas y figura conmemorativa.
3) Trabajos de Investigación. Tesis doctorales, tesinas u otro tipo de trabajo investigador:
- Un Premio de 1.500.000 pesetas y figura conmemorativa.
4) Personalidades:
- Un Premio de 1.500.000 pesetas y figura conmemorativa.
En cada una de las modalidades, salvo en la relativa a personalidades, el Jurado Calificador podrá conceder tantos premios como considere conveniente si así lo requiriese la calidad de los trabajos presentados. En todo caso, la cantidad en metálico global a distribuir no podrá superar la citada anteriormente para cada una de las modalidades.
Séptimo.- Acuerdo del Jurado.
El acuerdo del Jurado, que se producirá en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, será hecho público mediante Resolución de la Consejera de Economía y Hacienda.
Octavo.-Trabajos presentados.
La Consejería de Economía y Hacienda conservará un ejemplar de los trabajos presentados, que sólo será devuelto previa solicitud del interesado, pudiendo a los que resulten premiados la difusión y empleo que estimen conveniente.
Noveno.- Incidencias.
Todas las incidencias no previstas en esta Orden serán resueltas por la Consejería de Economía y Hacienda hasta la constitución del Jurado, que resolverá lo procedente.
Sevilla, 25 de abril de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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