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En el recurso de casación número 1243/94, interpuesto por la Junta de Andalucía y por el Ayuntamiento de Dúrcal (Granada) contra el auto de fecha
2 de septiembre de 1993, confirmado en súplica por los autos de 10 de noviembre de 1993 y 2 de febrero de 1994 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, dictados en la pieza separada de suspensión en su recurso núm.
176/93-N, que decidió suspender la ejecutividad de la resolución de 23 de noviembre de 1992, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, que concedió al Ayuntamiento de Dúrcal (Granada), el derecho preferente al aprovechamiento de las aguas minerales procedentes de los manantiales denominados «Baños de Urquízar«, sitos en el término municipal de Dúrcal (Granada), la Sala Tercera Sección Tercera del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia con fecha 20 de octubre de 1994, cuya parte dispositiva literalmente dice:
F A L L A M O S
Que declaramos haber lugar y estimamos el presente recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía y por el Procurador Sr. Calleja García, en nombre y representación del Ayuntamiento de Dúrcal (Granada) contra los autos citados en el encabezamiento de esta sentencia, y, en su consecuencia: 1º Revocamos dichos autos. 2º Desestimamos la petición de suspensión de la ejecución de los actos administrativos recurridos. 3º No hacemos condena en las costas de la instancia, y declaramos, respecto de las del recurso de casación, que cada parte ha de satisfacer las suyas.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 11 de octubre de
1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos de la expresada Sentencia, así como publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de abril de 1995.- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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