Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 12/5/1995

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ALCALA LA REAL

EDICTO sobre rectificación de las bases de Cabo de la Policía Local.

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El Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de abril de 1995, rectificó las bases aprobadas el día 30 de diciembre de

1994, de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Cabo de la Policía Local, con el siguiente contenido, rectificación que afecta a:

Base Segunda.

El apartado a) queda redactado de la forma siguiente:

- Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado, o equivalente.

El apartado c) queda redactado de la forma siguiente:

- Haber permanecido, al menos, dos años de servicio efectivo, en la categoría inmediata inferior a la que se aspira.

Se añade el apartado d) con la siguiente redacción:

- Carecer en el expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

Los requisitos exigidos en esta base deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de capacitación.

Base Quinta.

El Secretario no forma parte del Tribunal como vocal. Se añade un sexto vocal:

- El Concejal Delegado del área de Hacienda.

Base Sexta.

Se añade en el apartado C) Formación el siguiente mérito:

- Por cursos de interés policial superados en instituciones y escuelas, en función del número de horas de asistencia, estableciéndose por cada 50 horas lectivas 0,10 puntos; y las fracciones se valorarán 0,05 puntos.

En el apartado D) Otros méritos se suprimen los siguientes:

- Por poseer permiso de conducir de la clase C1: 0,50 puntos.

- Por otros méritos, relacionados con la función a desempeñar hasta un máximo de 1 punto.

- Entrevista con el Tribunal: Hasta un máximo de 2 puntos.

- Por la realización de una memoria-programa en relación al trabajo de cabo: Hasta un máximo de 2 puntos.

Base Séptima.

Se añade el siguiente párrafo:

El aspirante que apruebe el concurso de méritos tendrá que superar con aprovechamiento el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Realizado este curso, se efectuará el nombramiento de Cabo de la Policía Local.

Alcalá la Real, 5 de abril de 1995.- El Alcalde.

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