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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AGUAS Y SANEAMIENTOS DE TORREMOLINOS, S.A. (ASTOSAM). TORREMOLINOS (MALAGA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Diámetro del contador en mm
15 520 ptas./trimestre
20 655 ptas./trimestre
25 3.120 ptas./trimestre
30 4.160 ptas./trimestre
40 7.592 ptas./trimestre
50 11.440 ptas./trimestre
65 18.720 ptas./trimestre
80 27.560 ptas./trimestre Más de 80 41.600 ptas./trimestre
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico
- Hasta 20 m3 trimestre 28 ptas./m3
- Más de 20 m3 hasta 45 m3 trimestre 37 ptas./m3
- Más de 45 m3 hasta 90 m3 trimestre 60 ptas./m3
- Más de 90 m3 en adelante trimestre 110 ptas./m3
Consumo industrial y comercial
- Hasta 45 m3 trimestre 41 ptas./m3
- Más de 45 m3 hasta 90 m3 trimestre 62 ptas./m3
- Más de 90 m3 en adelante trimestre 83 ptas./m3
Uso Dependencias Municipales
- Tarifa única trimestre 28 ptas./m3
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 5 de mayo de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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