Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 27/5/1995

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Dirección General de Bienes Culturales, por el que se notifica la Resolución de 7 de julio de 1994, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la Casa que se indica, a los interesados en el mismo.

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I. La Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General de la Casa de Cervantes, en Vélez-Málaga (Málaga).

Según la tradición, en el inmueble situado en la calle San Francisco núms.

20-22 de Vélez-Málaga, estableció su residencia temporal Miguel de Cervantes cuando estuvo ejerciendo la labor de recaudador de impuestos en dicha ciudad. La importancia de esta casa radica, más que en la posible verosimilitud de la leyenda, en el hecho de ser una de las pocas casas solariegas del siglo XVI que se conservan en la zona, y el único ejemplo de la ciudad. Además del interés histórico y arquitectónico del inmueble, hay que añadir su indudable valor ambiental, al estar enclavado en uno de los centros administrativos-religiosos más importantes de Vélez-Málaga. Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,

ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de la Casa de Cervantes, en Vélez-Málaga (Málaga), cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

La presente notificación se publica a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los interesados desconocidos que a continuación se indican: Propietarios o titulares de otros derechos afectados por la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la Casa de Cervantes, en Vélez-Málaga (Málaga).

Sevilla, 12 de abril de 1995.- El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación.

Denominación: Casa de Cervantes.

Localización: Vélez-Málaga (Málaga).

Ubicación: C/ San Francisco, núms. 20-22. Epoca: Siglo XVI.

Estilo: Renacentista.

Autor: Desconocido.

Decripción.

La denominada Casa de Cervantes es una vivienda solariega, desarrollada entre medianeras en torno a un patio cuadrangular. La forma de éste no se corresponde a un plan general preconcebido, sino que surge de la adaptación al entorno.

La vivienda debió estar organizada primitivamente en dos plantas, con una crujía edificada a cada lado del patio. Posteriormente se añadió otra planta en las crujías correspondientes a la fachada y en la perpendicular a ésta en su lado izquierdo.

El patio presenta tres arcos de medio punto en cada uno de sus lados, sustentados por columnas de ladrillos que no siguen el canon clásico. Este espacio presenta como característica especial la prolongación de los paños de arcadas, que parten de las columnas que forman la diagonal del patio hasta alcanzar el muro de cerramiento de las galerías, apoyándose sobre ménsulas. Esta solución constructiva se considera característica de la arquitectura veleña.

La primera planta se organiza de idéntica manera a la baja, aunque ha perdido la arcada de una galería, siendo sustituida por machones cuadrados de ladrillo.

En el exterior destaca la portada en piedra de la fachada principal. Realizada con sistema adintelado a base de grandes sillares, al parecer procedentes de Almayate, queda rematada con un cordón superior de recuerdo gótico.

Sobre la portada se coloca un amplio balcón sostenido por cuatro tornapuntas de forja, cerrándose en su laterales con dos magníficos cierres de grandes dimensiones.

Por último, a nivel de cornisa destaca el sistema de evacuación del agua de cubierta: Grandes canalones formalizados por piezas de cerámica vidriada, a modo de tejas superpuestas, y que se rematan con unas expresivas gárgolas también del mismo material.

A la izquierda de la portada principal se desarrolla otra secundaria, de grandes dimensiones pero de menor relevancia, que comunicaba con otras estancias de la parte posterior de la casa.

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