Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 27/5/1995

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Dirección General de Bienes Culturales, por el que se notifica la Resolución de 21 de noviembre de 1994, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Molinos que se indican a los interesados en el mismo.

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I.- La Ley 1/91, de julio, de Ptrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de logar una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimnio Historico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en el inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejerería de Cultura, a la que compete la redacción y custodía de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciónes o actividades culturales que constituyen el Ptrimnio Histórico Andaluz.

II.- Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo-General de los Molinos de la Aceña y Peña de la Sal, el Alcolea del Rio (Sevilla).

Los Molinos de la Aceña, y Peña de la Sal, ubicados en Alcolea del Río, presentan el interés de ser una construcción que, junto con otras existentes o desaparecidas en la zona, se realizó con el propósito de aprovechar la energía hidráulica del río Guadalquivir, en su tramo de Córdoba a Sevilla. Aunque su cronología es dudosa, pues aprovechó en su construcción restos de dudosa, pues aprovechó en su construcción restos de edificios anteriores, se puede datar a finales del siglo XV.

Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

ESTA DIRECCION GENERAL, HA RESUELTO:

1º .- Incoar el procedimiento para la Inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de los Molinos de la Aceña, y Peña de la Sal, en Alcolea del Río (Sevilla), cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º .- Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Historico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimnio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º .- Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asímismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º .-Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

La presente notificación se publica a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los insteresados desconocidos que a continuación se indican:

- Propietarios o titulares de otros derechos afectados por la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz, de los Molinos de la Aceña, y Peña de la Sal, en Alcolea del Río (Sevilla).

VEANSE ANEXOS

Sevilla, 21 de abril de 1995.- El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

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