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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Rafael Aranda Jiménez de la resolución de la Excma. Sra. Consejera de Gobernación al recurso ordinario interpuesto contra resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Almería recaída en el expediente sancionador núm. 22/94 por la presente se procede a hacer pública la misma al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:
«En la ciudad de Sevilla, a veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes:
ANTECEDENTES
1º Por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Almería se dictó Resolución en el expediente arriba referenciado.
2º Notificada la misma el día 17 de febrero de 1994, se interpuso por el interesado recurso ordinario con fecha 19 de marzo.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
I
De acuerdo con lo previsto en el art. 114.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para la interposición del recurso ordinario será de un mes a partir, según su artículo 48.4, del día de la notificación.
II
A la vista de la fecha de la notificación de la resolución y del recurso ordinario, éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida. Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y especial aplicación,
Resuelvo no admitir el recurso ordinario interpuesto fuera de plazo confirmando la resolución recurrida.
Contra la presente resolución -dictada en virtud de Orden de 29 de julio de
1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley de la Juridicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de
1956. El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden 29.7.85) Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova«.
Sevilla, 29 de mayo de 1995.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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