Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 17/6/1995

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ARRIATE

CORRECCION de errores de las bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Policía Local, mediante oposición. (BOJA núm. 69, de 12.5. 95).

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Advertidos errores en la publicación de las Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Policía Local, mediante oposición, que se insertaron en el BOJA núm. 69, de fecha 12 de mayo de 1995 a continuación se corrigen los siguientes:

En la Base 2ª : Condiciones generales. Donde dice «Para tomar parte en la Oposición es necesario reunir, en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias, los siguientes requisitos«; debe decir: «Para tomar parte en la Oposición es necesario reunir, los siguientes requisitos«. En la Base 2ª , apartado g), donde dice: «Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B-1«; debe decir: «Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A-2 y B-2«.

En la Base 3ª : Instancias y documentación; donde dice: «... durante el plazo de 20 días naturales siguientes al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía«; debe decir: «... durante el plazo de 20 días naturales siguientes al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE«. En la Base 5ª : Tribunal. Se añade un 4º apartado que dice: El Tribunal estará compuesto por seis vocales, pudiendo actuar cuando concurran al menos cuatro y el Presidente.

En la Base 6ª -I: Examen médico, se suprimirá todo el párrafo y se sustituirá por el siguiente: «El examen médico habrá de realizarse con arreglo al cuadro de exclusiones médicas recogidas en el Anexo de la Orden de la Consejería de Gobernación de 29 de enero de 1993«. En las pruebas físicas, debe añadirse, entre el salto de longitud y la carrera de velocidad, la prueba de salto de altura, que consistirá en saltar

1,30 metros para los varones, y 1,15 metros para las mujeres. En la Base 6ª , apartado III. Prueba Psicotécnica, se añadirá, que las pruebas se ajustarán a la establecida en la Orden de la Consejería de Gobernación de 29 de enero de 1993.

Por último, en la Base 6ª -IV, donde dice: «El Tribunal queda facultado para establecer la duración de esta prueba, estableciéndose un tiempo mínimo de una hora«; debe decir: «El tiempo establecido para la realización será de tres horas, como mínimo«.

Arriate, 6 de junio de 1995.- El Alcalde.

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