Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 19/1/1995

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SANTA FE

ANUNCIO de bases.

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El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe, Hace saber: Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 17 de octubre de 1994, acordó aprobar las Bases para la selección de una plaza laboral fija de Maestro/a de Taller, para el Centro Ocupacional Municipal de Santa Fe, y esta Alcaldía mediante Resolución de fecha 8.11.94, ha resuelto hacer la correspondiente convocatoria.

Santa Fe, 9 de noviembre de 1994.- El Alcalde.

BASES PARA LA SELECCION DE UNA PLAZA LABORAL FIJA, DE MAESTRO/A DE TALLER PARA EL CENTRO OCUPACIONAL MUNICIPAL (SANTA FE)

Primera.Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión mediante concurso, de una plaza laboral fija de carácter indefinida, categoría Maestro/a de Taller, para su adscripción al Centro Ocupacional Municipal de la plantilla de esta Corporación, perteneciente al Grupo B, 19 según refleja en la Relación de Puestos de Trabajo/94, aprobada por el Ayuntamiento Pleno del 15 de junio de 1994, dentro del Convenio Colectivo vigente, y correspondiente a la oferta de Empleo Público de 1992.

El Régimen Jurídico aplicable a las normas de la presente convocatoria será lo establecido en la Ley 7/85, de 2 de abril, RDL 781/86, de 18 de abril, RD

896/91 de 7 de junio, RD 2223/84 de 19 de diciembre y demás disposiciones legales.

Segunda.Requisitos de los/as aspirantes.

Para tomar parte en el citado concurso selectivo para el acceso a la plaza convocada, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a)Tener la nacionalidad española.

b)Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquella en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad.

c)Titulación mínima: Diplomatura Universitaria.

d)No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de sus funciones.

e)No haber sido separado/a del servicio del Estado, Comunidad Autónoma o Entes Locales, mediante expediente disciplinario alguno, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f)No estar incurso en causas de incompatibilidad de las establecidas en la Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tercera.Instancias y documentos a presentar. Los/as aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se publica en el Anexo I de la presente convocatoria, solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en el Registro General de Excmo. Ayuntamiento de Santa Fe, Plaza de España, 2, 18320 Santa Fe (Granada), en horario de oficina, donde será debidamente registrada.

También podrá presentarse la instancia en la forma que determina el art. 38 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, haciendo constar que el/la aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda de la presente convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para presentación de instancias.

Los derechos de examen serán de 2.500 ptas., que se ingresarán directamente en la Tesorería de Fondos Municipal, o bien mediante giro postal o telegráfico. El resguardo se unirá a la instancia y en el mismo deberá constar nombre del/a interesado/a y concepto del ingreso. Sólo serán devueltos en caso de no ser admitidos/as en la convocatoria y previa solicitud del interesado/a.

Junto a la instancia deberán presentarse los siguientes documentos:

1.Fotocopia del DNI.

2.Título Académico mínimo exigido en la Base 2.C.

3.Curriculum vitae y fotocopias debidamente compulsadas de las certificaciones y documentos oficiales suficientes justificantes de los servicios y méritos que se aleguen valorables de acuerdo con el Baremo contenido en el Anexo 2 de esta convocatoria. Los méritos y servicios a tener en cuenta se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

4.Proyecto de trabajo, que versará sobre «Organización, estructura y desarrollo de un Centro Ocupacional para Minusválidos adultos. Funciones específicas del/la Maestro/a de Taller«.

En cumplimiento de lo dispuesto en su normativa específica, las personas afectadas por algún tipo de minusvalía que no impidiéndole el ejercicio de la función, les suponga el no poder realizar las pruebas en igualdad de condiciones con el resto de los aspirantes, lo pondrán de manifiesto en la instancia a fin de que el Tribunal disponga lo necesario para que quede garantizada dicha igualdad de condiciones.

Cuarta.Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta.Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación dictará Resolución a propuesta del Tribunal calificador declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos (indicando en su caso, la causa de su exclusión).

En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se señalará el lugar en donde se expondrán al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, con indicación del plazo de subsanación de defectos, que en términos del art. 71 de la Ley 30/92 se concede a los aspirantes excluidos. Igualmente determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas. La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Sexta.Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría de segunda de las recogidas en el art. 33 del R.D. 236/88 de 4 de marzo sobre indemnizaciones por razón del servicio, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente/a: El Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación o persona en quien delegue.

Vocales: El Sr. Concejal Delegado de Personal o persona en quien delegue. El Sr/a. Concejal/a Delegado/a del Area.

Un Concejal en representación de los Grupos Políticos de la Oposición a designar por y entre ellos o sustituto.

Un/a representante de la Junta de Andalucía a designar por ésta, preferentemente relacionado/a con la plaza a cubrir o sustituto/a. Un/a Técnico Municipal del área relacionada o sustituto/a. Un delegado del personal laboral o sustituto.

Secretario/a: El de la Corporación o persona en quien delegue.

Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 7ª de la presente convocatoria. El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas objeto de estas bases.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente/a, Secretario/a y al menos dos vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien el sustituto. Este queda autorizado para resolver cuantas dudas o reclamaciones puedan originarse de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, y tomar los acuerdos que procedan para los casos o cuestiones no previstas en las presentes bases.

Séptima: Procedimiento de selección.

Las pruebas y méritos que el tribunal valorará siempre que estén debidamente justificadas serán:

Prueba 1: Valoración del Currículum Vitae de acuerdo con el Baremo de méritos que se adjunta en el Anexo2.

Prueba 2: Valoración del proyecto de trabajo presentado por los/as aspirantes junto a la instancia. Según los criterios que el propio Tribunal acuerde.

Prueba 3: Entrevista personal.

Cada una de las pruebas y méritos a evaluar serán valoradas de 0 a 10 puntos, con un mínimo de 5 para el paso a la siguiente prueba. El cómputo de la puntuación de cada prueba se hará mediante media aritmética de las notas dadas (de 0 a 10 puntos) por todos los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

La valoración y calificación subsiguiente de la primera (Currículum Vitae y méritos aportados), y segunda prueba (proyecto de trabajo) dará comienzo en la fecha que indique la Resolución de la Alcaldía a la que hace referencia la base 5ª de la presente convocatoria, en la que se expresarán también lugar y hora de realización de la misma.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberán transcurrir un mínimo de 48 horas y máximo de 20 días.

Terminada la calificación de los/as aspirantes el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de concursantes que hayan superado ambas pruebas, y convocará en llamamiento único y riguroso orden alfabético a los/as aspirantes seleccionados para la entrevista personal, siendo excluidos de ésta quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal. El orden de actuación de los/as aspirantes se iniciará por orden alfabético a partir del primero del apellido que empiece por la letra «N«. Los/as candidatos/as deberán acudir provistos/as del DNI o documento similar, para posibilitar su acreditación ante el Tribunal. Celebrada ésta se procederá por el Tribunal a la calificación final de los/as aspirantes, que vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las tres pruebas, publicándose en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento la relación de los/as concursantes por orden de puntuación, elevando propuesta definitiva de nombramiento a la Alcaldía. En ningún caso todo el proceso selectivo podrá sobrepasar los tres meses de duración.

Octava: Presentación de documentos.

El/la aspirante propuesto/a ante la Corporación presentará dentro del plazo de 20 días naturales, a contar del siguiente a la publicación de la relación de aprobados/as, los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base 2ª de la presente convocatoria para tomar parte en el proceso selectivo:

- Certificado de no padecer enfermedad alguna que impida el desempeño del cargo.

- Declaración jurada de no haber sido separado/a de la Función Pública por expediente disciplinario.

Si dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no se presentara la documentación o no reuniera los requisitos, no se procederá a su designación, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por su falsedad en su instancia.

Quienes tuvieran la condición de empleados/as públicos/as estarán exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, debiendo únicamente presentar certificación del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Novena: Toma de posesión.

Cumplidos los requisitos procedentes, se efectuará el nombramiento del/a aspirante propuesto/a, debiendo tomar posesión en el plazo legal, a contar del siguiente al que sea notificado/a, nombramientos que se publicará en el BOE. Realizándose el correspondiente contrato Laboral Fijo.

Décima: Base Final.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados/as en los casos y en las formas establecidas por la vigente Ley

30/1992, de 26 de noviembre.

Santa Fe, 10 de octubre de 1994.- El Alcalde.

MODELO DE SOLICITUD

Convocatoria de selección plaza: Maestro/a de Taller (Centro Ocupacional Municipal)

Apellidos: .................................. Nombre:

Domicilio:

.......................................................................... Localidad: ................................... Cod. Postal: ...................

Teléfono: ................... Documento de Identidad: ................

Expone: Reunir todos los requisitos relacionados en las Bases de la presente convocatoria y por ello

Solicita: Ser admitido/a y participar en el proceso de selección de la referida plaza de Maestro/a de Taller (Centro Ocupacional Municipal).

Para ello aporto la siguiente documentación obligatoria, como especifica:

ª Fotocopia DNI.

ª Fotocopia Título académico exigido en la Base2.C.

ª Resguardo de ingreso de los derechos de examen.

ª Currículum Vitae y fotocopias compulsadas de servicios y méritos que aleguen.

ª Proyectos de trabajo.

ª Otros (especificar) .................................................... ...........................................................................

En ...................., a ....... de ................de 1994

Fdo.: ................................

Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Santa Fe.

Prueba 1: Baremo de méritos.

1. Méritos formativos: (Máximo 4,00 puntos).

1.1. Licenciatura en Psicología: 0,50 puntos.

1.2. Por participar en curso, seminarios, jornadas, etc. organizadas, patrocinadas o reconocidas por las Administraciones Públicas y/o entidades privadas concertadas, que estén relacionados/as con el puesto a cubrir:

- Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

- De 15 a 39 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

- De 40 a 69 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

- De 70 a 99 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

- De 100 a 199 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

- De 200 a 299 horas o de 41 a 60 días: 1,00 punto.

- De 300 en adelante o más de 60 días: 2,00 puntos.

2. Experiencia profesional: (Máximo 4,50 puntos).

2.1. Por cada mes de servicios prestados con contrato en la Administración Local en puesto igual o similar al ofertado: 0,10 puntos.

2.2. Por cada mes de servicios prestados con contratos en las Administraciones públicas o puesto igual o similar al ofertado: 0,05 puntos.

2.3. Por cada mes de servicios prestados con contrato en entidades privadas en puesto igual o similar al ofertado: 0,02 puntos (los apartados 2.1, 2.2 y

2.3 serán incompatibles en el tiempo. En caso de coincidir se puntuará preferentemente la experiencia profesional en la Administración Local. No se puntuarán fracciones inferiores a 15 días. Se reducirán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial).

3. Otros méritos: (Máximo 1,50 puntos).

3.1. Tener estudios acreditados y/o cursos relacionados con actividades artesanales: 0,50 puntos.

3.2. Por colaboraciones realizadas en proyectos, trabajos de investigación, organización y/o participación en actividades formativas: 0,25 puntos.

La acreditación de los méritos alegados sólo podrá justificarse mediante la aportación de certificaciones y documentos oficiales suficientes. La valoración total del currículum tendrá una puntuación máxima de 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para pasar a la siguiente prueba.

Prueba 2: Proyecto de trabajo.

Consistirá en la valoración del proyecto de trabajo «Organización, estructura y desarrollo de un centro ocupacional para minusválidos adultos. Funciones específicas de la maestra de taller«, presentado junto a la instancia por los/as aspirantes.

El Tribunal queda facultado para baremar el proyecto según los criterios que se acuerden.

La valoración total del proyecto tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para pasar a la entrevista personal.

Prueba 3. Entrevista personal.

En ésta se valorará la disponibilidad, motivación, responsabilidad, conocimiento específico del puesto y su entorno, etc. para la incorporación al trabajo.

Se realizará por riguroso orden alfabético y llamamiento único, valorándose con una puntuación máxima de 10 puntos.

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