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En virtud de lo previsto en el artículo 39.3 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, oída la Consejería de Gobernación, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de junio de 1995,
D I S P O N G O
En tanto sea nombrado el Delegado Provincial de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo en Almería, se asignan transitoriamente al Delegado de Gobernación de aquella provincia las competencias que en el mismo ámbito territorial corresponden al Delegado de Industria, Comercio y Turismo.
Sevilla, 20 de junio de 1995
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Industria, Comercio y Turismo
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