Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 28/6/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 19 de junio de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la resolución recaída en el recurso ordinario que se cita. (9/91).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal a la recurrente doña María Teresa Melle López en nombre y representación de «Sociedad Civil Bourbon« de la resolución de la Excma. Sra. Consejera de Gobernación al recurso ordinario interpuesto contra resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Málaga recaída en el expediente sancionador núm. 9/91 por la presente se procede a hacer pública la misma al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

«En la ciudad de Sevilla, a diecinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

Primero. Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida, que con fecha 17 de marzo de 1992 dictó el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Málaga por la que se sanciona a Sociedad Civil Bourbon con treinta y cinco mil ptas. de multa, consecuencia de la comisión de infracción al artículo 81.35 del Real Decreto 2816/82, de 27 de agosto, tipificada como falta de carácter leve en el art. 82 del citado Real Decreto.

Segundo. Notificada la Resolución, el interesado interpone en tiempo y forma recurso ordinario, basado en las argumentaciones que estimó pertinentes, y que por constar en el expediente damos por reproducidas.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

U N I C O

No habiendo acreditado la representación con la que dice actuar la recurrente, y teniendo en cuenta que la titularidad del establecimiento la ostenta la Sociedad Civil Bourbon, a la vista lo dispuesto en el art. 32.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, resuelvo no admitir el recurso interpuesto por doña María Teresa Melle López contra la Resolución de la Delegación de Gobernación de Málaga de fecha 17 de marzo de 1992, todo ello de conformidad con el artículo 113.1 de la citada Ley, confirmando plenamente la Resolución recurrida.

Contra la presente resolución, -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común. (El Viceconsejero de Gobernación P.D. (Orden 29.7.85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova)«.

Sevilla, 19 de junio de 1995.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.

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