Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 1/7/1995

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 128/1995, de 9 de mayo, por el que se crea el Comité Organizador del Salón Internacional del Estudiante Andalucía'96.

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La celebración de las dos ediciones anteriores del Salón Internacional del Estudiante celebradas en Granada y Córdoba en 1992 y 1994 respectivamente, ha puesto de manifiesto la importancia que tiene para el desarrollo social, cultural y económico de los pueblos la existencia de mecanismos eficaces de colaboración interuniversitaria, y el importante papel que las Universidades andaluzas pueden realizar como canales activos de comunicación entre las Universidades, y muy especialmente, entre las Europeas, Latioamericanas y del mundo Arabe. Por ello la Comisión Académica del Consejo Andaluz de Universidades ha considerado conveniente la celebración en 1996 de una nueva edición de este Certamen.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de mayo 1995.

D I S P O N G O

Artículo 1. Se crea, adscrito a la Consejería de Educación y Ciencia, el Comité Organizador del Salón Internacional del Estudiante Andalucía 1996 con sede en Cádiz, que tendrá la misión de preparar y organizar el Certamen.

Artículo 2. El Comité Organizador estará compuesto por:

Presidente: El Presidente de la Junta de Andalucía. Vicepresidenta: La Consejera de Educación y Ciencia, que podrá sustituir al Presidente.

Vocales:

El Director General de Universidades e Investigación. El Rector de la Universidad de Cádiz.

El Rector de la Universidad de Córdoba.

El Rector de la Universidad de Granada.

El Rector de la Universidad de Málaga.

El Rector de la Universidad de Sevilla.

El Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería. El Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva. El Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Jaén. El Presidente del Consejo Social de la Universidad de Cádiz. El Delegado de Educación y Ciencia en Cádiz. El Delegado de Gobernación en Cádiz.

El Delegado de la Diputación de Cádiz.

El Alcalde de Cádiz.

El Comisario del Salón Internacional del Estudiante Andalucía 1996, que será nombrado por la Consejería de Educación y Ciencia. Un funcionario de la Consejería de Educación y Ciencia que actuará como Secretario.

Artículo 3. Serán funciones del Comité Organizador:

3.1. Estudio y preparación de planes y proyectos para dotar los medios necesarios para la celebración del Salón Internacional del Estudiante Andalucía'96.

3.2. Realizar las gestiones oportunas a nivel nacional e internacional con el fin de lograr los niveles necesarios de eficacia y calidad en la celebración de dicho Salón.

3.3. Proponer a la Consejera de Educación y Ciencia el nombramiento de personas y crear comisiones técnicas, si se consideran necesarias, para el seguimiento y desarrollo de los temas y programas concernientes a tal fin.

3.4. Colaborar con las administraciones públicas que puedan verse implicadas en dicha celebración.

3.5. Informar las iniciativas públicas y privadas que se presenten cuando las mismas beneficien la puesta en marcha del precitado Salón.

Artículo 4. Serán funciones del Comisario:

4.1. La ejecución de los acuerdos del Comité Organizador.

4.2. Realizar los estudios técnicos e informes que le sean solicitados por el Comité Organizador.

4.3. Dirigir los equipos y comisiones que sean creados en desarrollo del punto 3.3 del artículo anterior.

4.4. Aquellas otras funciones que le sean encomendadas por el Comité o por su Presidente.

Artículo 5. El Comité Organizador adaptará su actuación a lo dispuesto en la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable en relación a los órganos colegiados.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. El Comité Organizador del Salón Internacional del Estudiante Andalucía'96, desarrollará sus funciones desde el momento de su constitución hasta la finalización del Certamen.

Segunda. El Comité Organizador se constituirá en el plazo máximo de treinta días desde la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se autoriza a la Consejera de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía para dictar cuantas disposiciones y actos sean necesarios para el desarrollo del presente Decreto.

Segunda. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de mayo de 1995

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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