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De conformidad con lo establecido en la Base 8 de la Orden de 13 de octubre de 1994 (BOJA de 26 de octubre), de la Consejería de Gobernación, por la que se convoca concurso de Acceso para la provisión de plazas vacantes del Grupo II, por personal laboral fijo de nuevo ingreso en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
D I S P O N G O
1º Aprobar las listas de aspirantes seleccionados, admitidos y no seleccionados y de excluidos a dicho Concurso de Acceso, con indicación de las causas de exclusión.
2º Las citadas listas provisionales quedarán expuestas al público en los tablones de anuncios de las Delegaciones de Gobernación en cada una de las provincias andaluzas y en los Servicios Centrales de la Consejería de Gobernación en Plaza del Cristo de Burgos, núm. 31, de Sevilla, al día siguiente de la publicación de la presente Orden. En el Anexo I de la presente Orden se indican las causas de exclusión.
3º En virtud de la Base 8.2 de la convocatoria, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de la presente Orden, podrá interponerse escrito de alegaciones ante la Comisión de Selección y presentarse preferentemente en las Delegaciones de Gobernación. Dicho escrito se formulará según el modelo oficial que se publica como Anexo II a la presente Orden, debiéndose presentar un ejemplar por cada categoría a la que se reclama, indicando de forma sucinta el motivo de la reclamación.
4º Modificar, en virtud de lo recogido en el último párrafo de la Base 1.3, el Anexo I de la Orden de convocatoria, de 13 de octubre de 1994 (BOJA núm.
169, de 26 de octubre), según lo recogido en el Anexo III de la presente Orden.
5º Una vez resueltas las alegaciones por la Comisión de Selección, se publicarán, con las modificaciones a que hubiere lugar y con el carácter de definitivas, las relaciones del personal seleccionado de las distintas opciones, en virtud de lo establecido en la Base 8.3 de la convocatoria.
Sevilla, 28 de junio de 1995
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
VEANSE ANEXOS
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