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Por el Ayuntamiento de Algodonales se remite expediente sobre permuta de una parcela de propiedad municipal sita en Haza de Vista Alegre, por otra de propiedad de don Diego Flores Flores ubicada en Los Huertos al sitio de Juan Cabrito.
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo
781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/86 de 19 de febrero sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación. En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la permuta de una parcela, de carácter patrimonial, propiedad del Ayuntamiento de Algodonales, por otra parcela de propiedad de don Diego Flores Flores, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado en la sesión celebrada por el Pleno Municipal de fecha
13 de septiembre de 1994, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Parcela de terreno proveniente de la segregación de la finca matriz en Vista Alegre, sito en Haza de Vista Alegre, con una superficie de 180 m2, que linda: Al Norte, con finca matriz; Sur, con prolongación de la calle Cabezadas; Este, con finca matriz; Oeste, con finca matriz. Inscrita la finca matriz en el Inventario Municipal de Bienes y en el Registro de la Propiedad de Olvera con el número de finca 4.750, al Folio
103, del Tomo 336, Libro 65, Inscripción 1ª El valor de la parcela que se segrega y permuta es de 310.950 ptas.
PROPIEDAD PARTICULAR
Parcela de tierra en término de Algodonales, al sitio de «Juan Cabrito«, de
200,45 m2 de superficie y cuyos linderos son: Al Norte, con carril de entrada; al Este, con finca matriz; al Sur, con finca matriz; al Oeste, con propiedad de don José Mesa Duartes.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Olvera al Tomo 401, Libro 78, Folio 130, Finca 5.952. Inscripción 1ª
El valor de la parcela es de 310.950 ptas.
En virtud de todo ello, he resuelto:
1º Prestar conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Algodonales por otra parcela de propiedad de don Diego Flores Flores.
2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.
3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Cádiz, 20 de junio de 1995.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.
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