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En cumplimiento de lo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, Sección 1ª , del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, en razón al recurso contencioso-administrativo número 778/95, interpuesto por la Asociación de Empresarios Hoteleros de la Costa del Sol -AEHCOS- y Asociación Patronal de Apartamentos Turísticos de la Provincia de Málaga -APARTUR-, contra la Orden de 30 de diciembre de
1994, por la que se autorizan tarifas de agua potable de la ciudad de Málaga, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 2, de 5 de enero de 1995, en virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994,
R E S U E L V O
1º Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo número
01/778/95, formulado por la Asociación de Empresarios Hoteleros de la Costa del Sol -AEHCOS- y Asociación Patronal de Apartamentos Turísticos de la Provincia de Málaga -APARTUR-.
2º Emplazar al Excmo. Ayuntamiento de Málaga y a la Empresa Municipal de Aguas de Málaga, S.A. (EMASA), para que puedan comparecer y personarse, si a su derecho conviniere, ante la referida Sala, en forma legal, en el plazo de nueve días, contados a partir del siguiente al del emplazamiento.
3º Emplazar, asimismo, a terceros interesados, para que puedan comparecer y personarse, ante la referida Sala, en forma legal, en el plazo de nueve días, siguientes al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4º Disponer lo pertinente, mediante las actuaciones precisas, para la remisión del expediente administrativo a la referida Sala.
5º Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de junio de 1995.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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