Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación dictó con fecha 27 de diciembre de
1994 Resolución que se notificó a través de su publicación en el BOJA núm.
60, con fecha 20 de abril de 1995, por la que se impone la sanción de cien mil pesetas (100.000 pesetas) por infracción a la normativa sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. La cuantía de la sanción podrá hacerse efectiva en cualquier Entidad colaboradora, utilizando la carta núm. 326580, a partir del día siguiente a la presente notificación, y de acuerdo con la normativa vigente, de la siguiente forma: Si dicha notificación se efectúa entre el 1 y 15 del mes en curso, el período voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente; si la notificación se hace entrega el 16 y el 30 del mes en curso, el período voluntario será hasta el 20 del mes siguiente, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio. El Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos. Fdo. Antonio Alvarez Tobar.
Huelva, 28 de junio de 1995.- El Delegado, José A. Muriel Romero.
Descargar PDF