Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 27 de diciembre de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 623/93, promovido por Tranvía de Cádiz a San Fernando y Carraca, S.A., sobre servicios mínimos, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimamos el recurso interpuesto por «Tranvía de San Fernando a Cádiz y Carraca, S.A.«, contra la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, y en consecuencia, ratificamos la Orden impugnada, que es ajustada al ordenamiento jurídico. Sin pronunciamiento de condena en cuanto al pago de las costas.
Sevilla, 4 de julio de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF