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Examinado en esta Delegación de Gobernación el expediente sancionador de referencia seguido a don Andrés Zarco Bermejo, con domicilio en C/ Ailanto, núm. 16 de Madrid, resulta lo siguiente:
ANTECEDENTES
I
Mediante acta de fecha 23 de abril de 1995, formulada por la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se denuncian los siguientes hechos:
Reventa no autorizada de localidades para espectáculos taurinos en la Plaza de Toros de Sevilla.
I I
Con fecha 30 de enero de 1996, se dictó Acuerdo de Iniciación de Expediente, nombrándose Instructor y Secretario del mismo. No se han presentado alegaciones al Acuerdo de Iniciación de Expediente Sancionador ni a la Propuesta de Resolución del mismo.
I I I
En el presente expediente se han seguido los trámites previstos en la legislación vigente en materia de expedientes sancionadores.
HECHOS PROBADOS
Del examen del expediente y documentación incorporada al mismo, resultan probados los hechos referidos en el antecedente I de la presente Resolución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de Espectáculos Públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios en esta materia, de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realizó por Real Decreto 1677/1984, de
18 de julio y por Real Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, se asignan a la Consejería de Gobernación dichas funciones y servicios.
I I
Los hechos constituyen infracción del artículo 37.5 del Real Decreto
176/1992, de 28 de febrero, del Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta y sancionándose en la cuantía propuesta conforme a los artículos 15.n) y 18.1.a) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.
Vistos: Los textos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación de Gobernación ha resuelto sancionar a don Andrés Zarco Bermejo con 100.000 ptas. de multa.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.
Nota: Se acompaña impreso núm. 269883, con el que podrá hacer efectivo el pago de la sanción mediante ingreso en la c/c 63/01050-54 del Banco de Andalucía, abierta a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía. Cuenta restringida para la recaudación de tasas y otros ingresos¯.
Sevilla, 16 de julio de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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