Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 07/09/1996

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA

ANUNCIO de bases.

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CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE TECNICO/A DE ADMINISTRACION GENERAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSOOPOSICION LIBRE, INCLUIDA EN LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO DE 1992 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA

B A S E S

I. NORMAS GENERALES

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de

1 plaza de Técnico/a de Administración General, mediante el sistema de concursooposición libre, vacante en la plantilla funcionarial perteneciente a la Escala de Administración General, subescala Técnica, dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo A, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

II. REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

Segunda. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y menos de 55.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto la persona que resulte seleccionada deberá someterse a reconocimiento médico por el Gabinete de Medicina Laboral, antes de su nombramiento.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

e) Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho, Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario.

Tercera. Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades.

III. SOLICITUDES

Quinta. Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en los Registros de los Centros Cívicos Municipales o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a ser posible en el modelo oficial existente en esta Corporación Municipal.

Sexta. El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se presentará con el justificante de ingreso de la cantidad de 2.550 ptas., en concepto de participación en procesos de selección de personal, según se establece en la Ordenanza Fiscal número 100, o en su defecto se acompañará el resguardo del giro postal, telegráfico o transferencia de su abono.

A las instancias deberán añadirse los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Historial profesional y relación de los méritos alegados en el orden en que se citan, a efectos de valorar la fase de concurso.

c) Documentos debidamente autentificados, justificativos de los méritos que se alegan, según se especifica en el Anexo I.

IV. ADMISION DE ASPIRANTES

Séptima. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal.

Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

V. TRIBUNAL CALIFICADOR

Octava. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma: Presidente/a: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario/a: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: - El/La Jefe/a del Servicio o un/a Técnico/a designado/a por el Presidente de la Corporación.

- Un/a Técnico/a designado/a por el Presidente de la Corporación, o un/a representante del Profesorado Oficial.

- Un/a representante designado/a por la Junta de Andalucía.

- Un/a funcionario/a de la Corporación, designado/a por la Junta de Personal.

El Tribunal actuará válidamente cuando concurran el/la Presidente/a, Secretario/a y dos vocales.

En todos los casos los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas.

Novena. Los/as miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir y los/as aspirantes podrán recusar a aquéllos/as cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.

En este caso, el Tribunal excluirá a aquellos candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.

Undécima. Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores/as expertos/as en la materia de que se trate.

VI. SISTEMA DE SELECCION

Duodécima. El procedimiento de selección constará de dos partes:

A) Concurso.

B) Oposición.

A) Fase de Concurso.

Se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente por los/as aspirantes en el momento de presentar la instancia, con arreglo al baremo citado en el Anexo I.

Esta fase de Concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

B) Fase de Oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante dos horas como máximo, dos temas elegidos por el Secretario del Tribunal de forma aleatoria, de los relacionados en el apartado A del Anexo II de esta convocatoria.

La corrección se realizará según lo previsto en la base décima.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en dos partes:

Primera parte: Desarrollar por escrito, durante 2 horas como máximo, un supuesto práctico elegido por el Secretario del Tribunal de forma aleatoria, entre los confeccionados por los componentes del Tribunal, y relativo a las tareas propias de este puesto de trabajo, de acuerdo con los temas incluidos en el apartado B del Anexo II de esta convocatoria.

Segunda parte: Desarrollar por escrito, durante 2 horas como máximo, un supuesto práctico elegido por el Secretario del Tribunal de forma aleatoria, entre los confeccionados por los componentes del Tribunal, y relativo a las tareas propias de este puesto de trabajo, de acuerdo con los temas incluidos en el apartado C del Anexo II de esta convocatoria.

Para la realización de este ejercicio los/as aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y libros de consulta de que acudan provistos/as.

Los/as opositores/as leerán su ejercicio ante el Tribunal, quien podrá hacer las preguntas o solicitar las aclaraciones que considere necesarias sobre los supuestos desarrollados.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de sus partes, siendo la puntuación total la suma aritmética de las calificaciones obtenidas.

Decimotercera. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos justificados de fuerza mayor apreciada por el Tribunal.

El orden de actuación de los/as interesados/as para la lectura del ejercicio, comenzará por el/la opositor/a cuyo primer apellido empiece por la letra «H¯, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Decimocuarta. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal será de 0 a 10, y la calificación de los/as aspirantes será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas. El Tribunal excluirá aquellas puntuaciones que se dispersen de dicha media en 2 puntos inclusive.

Todas las calificaciones se harán públicas, el mismo día en que se acuerden, en el Tablón de Anuncios Municipal.

La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios citados, a la que se adicionará la obtenida en la fase de concurso, resultando así la calificación final y el orden de puntuación definitivo.

Decimoquinta. En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

b) Mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico.

c) Mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional de la fase de Concurso.

Decimosexta. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios de esta Corporación, la puntuación del/de la aspirante seleccionado/a.

Si el Tribunal apreciara que ningún/a aspirante reúne las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la plaza de este concurso-oposición.

El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los/as aspirantes salvo al/a la propuesto/a por el Tribunal.

VII. PRESENTACION DE DOCUMENTOS

Decimoséptima. El/La aspirante propuesto/a presentará en el Departamento de Personal, en el plazo de 20 días naturales, desde que se haga pública la persona seleccionada, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Base 2ª de la Convocatoria. En el caso de que el/la candidato/a tuviera la condición de funcionario/a

público/a, estará exento/a de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentase la documentación, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya podido incurrir por falsedad en la solicitud.

Decimoctava. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Alcalde procederá al nombramiento del/de la aspirante propuesto/a, una vez que haya acreditado documentalmente las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación. Dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

VIII. NORMAS FINALES

Decimonovena. En lo no previsto en las Bases de la presente convocatoria, será de aplicación el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, y demás normativa aplicable.

Vigésima. En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las cuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidas en estas Bases.

Vigésimo primera. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 26 de junio de 1996.- La Teniente-Alcalde de Servicios Generales Internos.

ANEXO I

BAREMO DE VALORACION DE MERITOS PARA LA PROVISION DE 1 PLAZA DE TECNICO/A DE ADMINISTRACION GENERAL

Formación.

- Por estar en posesión del Título de Doctor, o de Titulación Universitaria Superior, distinta a la acreditada para acceder a la convocatoria: 0,25 puntos.

- Por realización de cursos de formación o perfeccionamiento, debidamente acreditados a juicio del Tribunal, y relacionados con los conocimientos necesarios para el desempeño del puesto, hasta un máximo de 2 puntos.

La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de menos de 10 horas de duración: 0,10 puntos.

Cursos de 10 a 20 horas de duración: 0,25 puntos.

Cursos de 21 a 40 horas de duración: 0,50 puntos.

Cursos de 41 a 100 horas de duración: 0,75 puntos.

Cursos de más de 100 horas de duración: 1,00 punto.

(En caso de no justificarse la duración del curso, éste será valorado con la puntuación mínima, siempre que esté relacionado con el puesto a cubrir.)

Experiencia profesional.

La puntuación máxima que se puede alcanzar en este apartado es de 8 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos prestados en igual puesto de trabajo en la Administración Local, hasta un máximo de 8 puntos: 2 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de

servicios efectivos prestados en igual puesto de trabajo en otras Entidades Públicas, hasta un máximo de 6 puntos: 1 punto.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de

servicios efectivos prestados en puesto de trabajo similar en Entidades Públicas, o en puesto de trabajo igual o similar en Entidades Privadas, hasta un máximo de 3 puntos: 0,50 puntos.

Historial profesional.

- Por impartición de Cursos de Formación, Seminarios, etc., relacionados con las funciones desempeñadas en el puesto, hasta un máximo de 0,50 puntos.

La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de menos de 10 horas de duración; 0,025 puntos.

Cursos de 10 a 20 horas de duración: 0,05 puntos.

Cursos de 21 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

Cursos de 41 a 100 horas de duración: 0,15 puntos.

Cursos de más de 100 horas de duración: 0,20 puntos.

- Por presentación de ponencias, comunicaciones, paneles, realización de publicaciones, etc., relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto, hasta un máximo de 0,50 puntos.

- Por realización de otras actividades profesionales directamente relacionadas con el puesto a cubrir, hasta un máximo de 0,25 puntos.

- Por haber superado, en convocatoria pública, para la provisión definitiva de plaza de igual categoría, algún ejercicio de la fase de Oposición, hasta un máximo de 0,50 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

Los méritos alegados en la solicitud por los/as interesados/as, deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas y se adjuntarán únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes.

Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en el apartado siguiente no se valorarán.

De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:

a) Las titulaciones académicas se justificarán con el correspondiente título o resguardo de solicitud del mismo.

b) Los cursos de formación recibidos o impartidos con el certificado o diploma de asistencia o docencia, y programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas.

c) La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante el correspondiente contrato de trabajo o nombramiento corporativo y certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que lo ha venido desempeñando, dependencia a la que está adscrito/a y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

d) La experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Pública deberá justificarse mediante el contrato de trabajo y Certificación de Empresa o certificado de cotizaciones de la Seguridad Social, TC2, Nóminas, o cualquier otro medio que permita conocer el período y la categoría profesional.

e) Las ponencias, comunicaciones, publicaciones, etc., se justificarán con el programa oficial de la actividad (Congreso, Jornadas, etc.), así como con la copia del texto presentado.

f) Otras actividades alegadas se justificarán con los correspondientes certificados del organismo responsable de la organización de la actividad de que se trate.

g) La superación de ejercicios de Oposición se justificará mediante certificación expedida por el Organo de la Administración, con competencia en materia de Personal, donde conste la categoría de la plaza objeto de la convocatoria, fecha y ejercicios aprobados.

ANEXO II

TEMARIO PARA LA PROVISION DE 1 PLAZA DE

TECNICO/A DE ADMINISTRACION GENERAL

Apartado A

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Constitucionales. Derechos y Deberes fundamentales.

2. La organización política del estado. La Jefatura del Estado. Las Cortes Generales. El Gobierno.

3. El Poder Judicial: Principios generales y estructuración.

4. El Tribunal Constitucional: Composición y funciones. Eficacia de las sentencias. El Defensor del Pueblo.

5. Las Comunidades Autónomas. La organización política y administrativa de la Comunidad Autónoma Andaluza.

6. El Régimen Local Español. Principios constitucionales. Significado de la autonomía local. Entidades que comprende.

7. El municipio. Concepto. El municipio como entidad básica de la organización territorial del Estado, como entidad representativa de los intereses locales y como organización prestadora de los servicios públicos.

8. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Reglamento orgánico. Ordenanzas. Bandos.

9. La Administración Pública y el Derecho Administrativo. La sumisión de la Administración al Derecho. El principio de legalidad.

10. El administrado: Concepto y clases. Capacidad del administrado y sus causas modificativas. Las motivaciones jurídicas del administrado: Derechos subjetivos e intereses.

11. La potestad administrativa. Potestades regladas y discrecionales. Discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. Límites y fiscalización de la discrecionalidad.

12. Las relaciones entre la Administración Local y las otras Administraciones Públicas. Principios generales. Fórmulas de cooperación, colaboración y coordinación. Técnicas de control.

13. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Su naturaleza, extensión y límites. Organos y competencias de los mismos.

14. El personal al servicio de las corporaciones locales: Clasificación y características.

15. El Presupuesto en las Administraciones Públicas. Técnicas de programación presupuestaria: Presupuesto por programas, presupuesto de base cero, presupuesto tradicional.

16. La Unión Europea. Ordenamiento jurídico comunitario. Tratados y Derecho derivado. Derecho comunitario y derecho de los países miembros.

17. La Unión Europea. La libre circulación de trabajadores. Acceso a la función pública. Libertad de establecimiento y reconocimiento de diplomas. Libre prestación de servicios.

18. La informática y la gestión de Recursos Humanos: Sistemas integrados de gestión de Recursos Humanos.

Apartado B

1. El territorio municipal. Organización territorial del municipio: Desconcentración y descentralización, distritos y barrios. Entidades inframunicipales.

2. La población municipal: Clasificación. El empadronamiento. Derechos de los vecinos. La participación ciudadana en la Administración Local.

3. La organización municipal: Principios fundamentales. Organos básicos: Composición, funcionamiento y competencias. La organización del Ayuntamiento de Córdoba.

4. Organos municipales complementarios: Composición, funcionamiento y competencias. Especial referencia al Ayuntamiento de Córdoba.

5. Los acuerdos de las Corporaciones Locales: Clases y acuerdos. Las resoluciones del Alcalde. Régimen de la impugnación y suspensión de los actos y acuerdos locales. La impugnación por la Corporaciones Locales de las dis

posiciones y actos de otras Administraciones Públicas que lesionen su autonomía.

6. La revocación y revisión de oficio de los actos administrativos locales. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos de las Corporaciones Locales.

7. La contratación administrativa local: Principios generales. Naturaleza jurídica y clases de contratos. Procedimientos de contratación. Sistema de selección.

8. Elementos y requisitos de los contratos. Modificación de los contratos. La revisión de precio. La invalidez de los contratos públicos, interpretación, resolución, rescisión y denuncia de los contratos.

9. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Los bienes de dominio público. Utilización del dominio público.

10. Bienes patrimoniales de las Entidades Locales. Adquisición y enajenación de los bienes propios. Administración, uso y aprovechamiento de los bienes patrimoniales.

11. Intervención de los entes locales en la actividad privada. Principios y límites. Medios de intervención. Régimen jurídico de las licencias.

12. El servicio público en la esfera local. Modos de gestión de los servicios públicos locales. La gestión directa y la gestión indirecta.

13. Fórmulas de cooperación en la prestación de servicios. En especial los consorcios. La acción de fomento en la esfera local.

14. Competencias locales en materias de mercados, mataderos, lonjas, establecimientos alimentarios, sanidad, cementerios, salubridad y defensa del medio ambiente.

15. Competencias locales en materia de vías de comunicación, circulación y transportes urbanos. Vías públicas. Vivienda y protección civil.

16. Competencias locales en materia de educación y cultura. Beneficencia y asistencia social. Turismo y deportes.

17. El planeamiento municipal. La formación de los planes urbanísticos de carácter municipal: Competencias y plazos. Estándares urbanísticos. Procedimiento de aprobación. La suspensión de licencias. La participación ciudadana en la elaboración del planeamiento. Planeamiento de desarrollo.

18. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: Principios generales. La clasificación y la calificación del suelo como técnica de vinculación objetiva del suelo a destinos urbanísticos. Facultades urbanísticas. Derechos y deberes urbanísticos. Consecuencias del incumplimiento de los deberes urbanísticos.

19. Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución. Unidades de ejecución: Criterios y procedimiento en su delimitación. Sistemas de actuación: Criterios de su elección. El sistema de compensación: Sus fases. El sistema de cooperación y la reparcelación. El sistema de expropiación, liberalización. Actuaciones asistemáticas en suelo urbano.

20. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo. Licencias urbanísticas: Concepto, naturaleza jurídica, competencias y concurrencia con otros actos administrativos, autorizaciones o concesiones. Especial referencia a la subrogación y al otorgamiento de licencias por silencio administrativo positivo. La información o cédula urbanística. Licencia de obras: Documentación necesaria para su concesión a obras de nueva planta, de ampliación o de reforma y peculiaridades de la licencia de obras menores. Licencia de apertura: Calificación de actividades, especial referencia a la regulación establecida en el PGOU vigente de Córdoba.

21. Protección de la legalidad urbanística: Actos de edificación y uso del suelo realizados sin licencia, contra licencia y al amparo de licencia ilegal. Competencias en el ejercicio de la inspección urbanística, diferentes medidas frente a las infracciones urbanísticas. Parcelaciones urbanísticas. Las infracciones y su sanción: Tipicidad, clasificación, personas responsables, sanciones, prescripción.

22. Instrumentos de intervención administrativa en el mercado inmobiliario. El Patrimonio Municipal del Suelo: Constitución, bienes que lo integran y destino. Procedimiento de adquisición, gestión y cesión del Patrimonio Municipal del Suelo. El derecho de superficie. Los derechos de tanteo y retracto. Determinación de áreas sujetas a derecho de adquisición preferente y bienes afectados. Efectos: Procedimiento en el ejercicio del derecho de adquisición preferente.

23. Descripción de la ordenación propuesta en el PGOU de Córdoba. Esquema de las ordenanzas. Aplicación en el núcleo urbano principal. Análisis del suelo no urbanizable.

24. El acto administrativo. Concepto. Clases. Elementos. Requisitos: Motivación y forma.

25. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos.

26. La invalidez de los actos administrativos. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.

27. El procedimiento administrativo. Clases de interesados. Derechos de los ciudadanos. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Términos y plazos.

28. Fases del procedimiento administrativo. Iniciación. Desarrollo: Ordenación e instrucción. Terminación.

29. Recursos administrativos: Principios generales. Actos susceptibles de recursos administrativos; disposiciones generales y actos administrativos impugnables directamente en la sede jurisdiccional: la comunicación previa. Suspensión de la ejecución del acto recurrido. Resolución del recurso. El recurso ordinario. El recurso de revisión.

30. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador.

31. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Las partes en el proceso. El procedimiento en primera o única instancia. La sentencia y su ejecución. Recursos contra sentencias.

32. El presupuesto de la Administración Local. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación del presupuesto. Fases de ejecución presupuestaria. Modificación del presupuesto.

33. Financiación de las Corporaciones Locales. Impuestos. Tasas y Contribuciones especiales. Precios públicos e ingresos patrimoniales.

34. El gasto público en la Administración Local. El proceso de ejecución del gasto.

35. Control de gestión presupuestaria en la Administración Local: Presupuestos de ingresos y gastos.

36. Auditoría contable en la Administración Local, características y normas reguladoras.

Apartado C

1. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Plantillas. Relación y catálogo de puestos de trabajo. Registro de personal.

2. Los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Régimen jurídico. Formas de provisión de puestos.

3. Función Pública Local. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.

4. Funcionarios interinos. Personal Eventual.

5. Ingreso del personal en la Administración Local. Oferta Pública de Empleo. Procedimientos de selección.

6. Carrera administrativa y promoción profesional. Provisión de puestos de trabajo. Sistemas de selección y requisitos para la promoción interna. Movilidad interadministrativa.

7. Los cuerpos de la Policía Local de Andalucía: Estructura y organización. Sistemas de selección, promoción y movilidad.

8. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Régimen disciplinario.

9. La responsabilidad administrativa de los funcionarios locales. Responsabilidad civil y penal de las autoridades y funcionarios locales.

10. Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Local.

11. Sistema retributivo de los funcionarios públicos locales.

12. Seguridad Social y derechos pasivos de los funcionarios locales. MUNPAL.

13. Derechos sindicales. Representación y participación en la determinación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de las Corporaciones Locales.

14. Personal Laboral al servicio de las Corporaciones Locales. El contrato de trabajo. Concepto, clases y modalidades. Modificación, suspensión y extinción de la relación laboral.

15. Los convenios colectivos. El derecho de huelga y su ejercicio. La adopción de medidas de conflictos colectivos.

16. Relaciones laborales. Comité de empresa. Representantes sindicales. Secciones sindicales. Procedimiento electoral.

17. La Seguridad Social. Entidades gestoras y servicios comunes. Régimen general y regímenes especiales. Acción protectora del Régimen General.

18. La jurisdicción laboral. Organización y competencias. El proceso laboral.

19. La teoría del delito. Delitos cometidos por funcionarios públicos.

20. EL proceso. Concepto y naturaleza. Examen del proceso civil y penal.

21. La planificación de personal. Sistemas de información. Fijación de objetivos. Análisis de la estructura. Análisis y descripción de los puestos. Previsión de necesidades.

22. Planificación del reclutamiento de personal. Reclutamiento interno y externo. Planificación de carreras y de la sucesión.

23. La planificación de los costes de personal. Previsión de los costes. La contabilidad de los recursos humanos. 24. La formación del presupuesto de un Departamento de Personal. Preparación, gestión y control.

25. La selección de personal. Perfiles profesionales y personales. Técnicas de selección. La incorporación a la organización y al puesto. El seguimiento.

26. La formación del personal en las organizaciones. Principios y objetivos. Diagnóstico de necesidades. Planes de formación. Evaluación de la formación.

27. Sistemas retributivos y política salarial. Estructura de salarios. Remuneraciones variables: Incentivos. Remuneraciones extrasalariales.

28. La valoración de puestos de trabajo. Métodos. Conversión de resultados de la valoración a la estructura de salarios.

29. La evaluación del rendimiento. Métodos. Sistemas de evaluación de resultados y desempeños.

30. La comunicación interna. Objetivos. Modelos y características. La planificación de la comunicación interna.

31. El ambiente y el clima laboral. Métodos de investigación del clima. La motivación en el trabajo.

32. Principios de la Unión Europea en materia de prevención de accidentes y protección de la salud en el trabajo. Legislación española y comunitaria sobre Seguridad e Higiene.

33. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social. Indices de accidentabilidad. Control total de pérdidas por accidentes.

34. El absentismo laboral. Factores causales. Métodos de control.

35. Repercusiones de las toxicomanías en el ámbito laboral. Prevención de toxicomanías. Normativa sobre tabaco en los centros de trabajo.

36. Planificación de la prevención. Evaluación de riesgos. Gestión de la prevención en la empresa. Programas de prevención.