Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 19/09/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 4 de septiembre de 1996, por la que se hace público el reajuste de la subvención a favor del Patronato de Viviendas de la promotora Gestión Municipal de Viviendas, SA, para la construcción de viviendas en Jerez de la Frontera, Cádiz, al amparo del Decreto que se cita.

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Ilmos. Sres.:

Por Orden de 31 de octubre de 1995, y al amparo del Decreto 119/1992, de 7 de julio, se hizo pública una subvención de 212.365.083 ptas. (doscientos doce millones, trescientas sesenta y cinco mil, ochenta y tres pesetas) a favor de Gestión Municipal de Viviendas, S.A. (GMUVISA), para hacer frente a la amortización del préstamo cualificado para la construcción de 30 Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial en Alquiler en Jerez de la Frontera (Cádiz), de las cuales 140.940.271 ptas. (ciento cuarenta millones, novecientas cuarenta mil, doscientas setenta y una), corresponde al principal de préstamo y el resto a intereses.

Previa Resolución Administrativa, de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Cádiz, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes concede una subvención de 44.043.834 ptas. (cuarenta y cuatro millones, cuarenta y tres mil, ochocientas treinta y cuatro) correspondiente al 25% del precio máximo al que hubieran podido venderse las viviendas en el momento de su Calificación Definitiva, en virtud de lo establecido en el artículo 20.1 apartado b) del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre.

El mencionado Real Decreto, en su artículo 20.3 estipula que si los excesos de la suma de los importes del préstamo cualificado y de la subvención concedida excediera del costo real de las actuaciones, excluido el del suelo, los excesos deberán aplicarse al reembolso anticipado del préstamo cualificado. En este caso, el exceso a reembolsar asciende a 2.835.885 ptas. (dos millones, ochocientas treinta y cinco mil, ochocientas ochenta y cinco).

En consecuencia, teniendo en cuenta el cumplimiento de todas las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Reajustar el préstamo cualificado a la cantidad de 140.940.271 ptas. (ciento cuarenta millones, novecientas cuarenta mil, doscientas setenta y una pesetas), por lo que las anualidades de la subvención para hacer frente a la amortización del mismo queda tal como expresa el cuadro transcrito a continuación. Cuadro que sustituye al que figura en la Orden ya publicada y referida anteriormente.

Segundo. Autorizar al Sr. Viceconsejero a que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 4 de septiembre de 1996

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Excmos. Sres.: Viceconsejero, Sec. Gral. Téc., Director Gral. de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Cádiz.

REAJUSTE

30 VIVIENDAS EN JEREZ DE LA FRONTERA

PARCELA 1-A ESTANCIA BARRERA

CUADRO DE CALCULO DE ANUALIDADES

INTERESES DEL AMORTIZACION INTERESES TOTAL AÑOS PERIODO DE DEL PRINCIPAL AMORTIZACION ANUALIDADES CARENCIA DEL PRESTADO SUBSIDIADOS

1.994 --- --- --- ---

1.995 986.580. --- --- 986.580.

1.996 3.969.818. 40.625. 4.397.341. 8.407.784.

1.997 --- 213.840. 8.724.222. 8.938.062.

1.998 --- 501.099. 8.562.093. 9.063.192.

1.999 --- 830.017. 8.360.057. 9.190.074.

2.000 --- 1.206.164. 8.112.568. 9.318.732.

2.001 --- 1.635.848. 7.813.342. 9.449.190.

2.002 --- 2.126.211. 7.455.267. 9.581.478.

2.003 --- 2.685.335. 7.030.285. 9.715.620.

2.004 --- 3.322.389. 6.529.251. 9.851.640.

2.005 --- 4.047.738. 5.941.824. 9.989.562.

2.006 --- 4.873.122. 5.256.294. 10.129.416.

2.007 --- 5.811.853. 4.459.379. 10.271.232.

2.008 --- 6.878.996. 3.536.032. 10.415.028.

2.009 --- 8.091.614. 2.469.220. 10.560.834.

2.010 --- 9.469.027. 1.239.659. 10.708.686.

2.011 --- 11.033.116. (174.508) 10.858.608.

2.012 --- 12.808.656. (1.798.032) 11.010.624.

2.013 --- 14.823.710. (3.658.940) 11.164.770.

2.014 --- 17.110.055. (5.788.979) 11.321.076.

2.015 --- 19.703.681. (8.224.109) 11.479.572.

2.016 --- 10.897.286. (5.111.600) 5.779.686.

TOTAL 4.956.398. 138.104.382. 65.130.666. 208.191.446.

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