Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 24/01/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 18 de diciembre de 1995, por la que se resuelve dar publicidad a las Resoluciones de delegación de competencias urbanísticas de acuerdo con el Decreto que se cita.

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El Decreto 77/1994, de 5 de abril, prevé en sus artículos 20 y siguientes la delegación de competencias en materia de urbanismo en aquellos Ayuntamientos que así lo soliciten, en las condiciones señaladas en los referidos artículos.

Tras las solicitudes correspondientes, se han producido las resoluciones de delegación de competencias en diversos Ayuntamientos.

Según dispone el artículo 13.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las delegaciones de competencias habrán de publicarse, en este caso, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En base a lo anterior y de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar de forma conjunta los elementos comunes de las resoluciones que se recogen en el anexo de la presente Orden en el que se especifican los aspectos individuales de cada resolución.

«Visto el Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de .......... en sesión celebrada el pasado día de ............ de 1994/5 solicitando la delegación de las competencias urbanísticas enumeradas en el artículo 22 del Decreto

77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen y con expresa declaración de cumplir los requisitos exigidos en el artículo 26 del citado Decreto, sobre medios técnicos suficientes, adaptación de su planeamiento municipal, ..........., a la Ley 19/1975, de 2 de mayo, de Reforma de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana o Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana 1/1992, de 26 de junio, y compromiso de ejercer las competencias bajo su propia responsabilidad.

En virtud de la competencia que me atribuye el artículo 20.2 del Decreto

77/1994, de 5 de abril y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1983, de 1 de junio, de Organización Territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,

A C U E R D O

Primero. Delegar en el Ayuntamiento de .......... las competencias en materia urbanística enumeradas en el artículo 22 del Decreto 77/1994, de 5 de abril.

Segundo. El ejercicio de las competencias delegadas se realizará de acuerdo con las condiciones previstas en los artículos 27.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases del Régimen Local y 24, 25, 27 y 28.3 del citado Decreto

77/1994, así como del resto de la legislación que le sea de aplicación.

Tercero. Esta delegación se otorga por un plazo de cinco años, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 77/1994.

Cuarto. La efectividad de esta delegación requerirá según lo dispuesto en los artículos 22.2.g y 27.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases del Régimen Local, su aceptación por el Pleno de esa Corporación.

Notifíquese la presente resolución, así como publíquese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento, advirtiéndole que contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo previa comunicación a esta Consejería, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su publicación o, en su caso, notificación¯.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 18 de diciembre de 1995

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico,Directora General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y Delegados.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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