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La Excma. Sra. Consejera de Gobernación resuelve no admitir el Recurso Ordinario presentado contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de fecha 22 de junio de 1995, por la que se le imponía a doña Cristina León Matute una sanción de setenta y cinco mil pesetas (75.000 ptas.), expediente sancionador núm. H-364/94-E.P., por infracción a la normativa sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, se procede a expedir el impreso de multa.
La cuantía de la sanción podrá hacerse efectiva en cualquier entidad colaboradora, utilizando la carta de pago núm. 338425 a partir de día siguiente a la presente notificación, y de acuerdo con la normativa vigente, de la siguiente forma: Si dicha notificación se efectúa entre el 1 y el 15 del mes en curso, el período voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente; si la notificación se hace entre el 16 y 30 del mes en curso, el período voluntario será hasta el 20 del mes siguiente, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio.
El Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos. Fdo.: Antonio Alvarez Tobar.
Huelva, 4 de septiembre de 1996.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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