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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Cijuela (Granada), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.l),
47.3.k), 79 y 80, de la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; arts. 79.1 y 80, del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; arts. 109.1, 112.1, 113, 114,
118 y 119, del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Primero. Prestar conformidad a la enajenación por subasta de un bien de naturaleza urbana, propiedad del Ayuntamiento de Cijuela, con la calificación jurídica de bien patrimonial, sito entre las calles Rodríguez de la Fuente y Pablo Picasso, haciendo esquina, sin número de demarcación, con una superficie de 382,77 m, de los que 180 m se encuentran construidos en un edificio de planta baja con patio, estando el resto del solar destinado a jardín.
Tiene los siguientes linderos: Norte, calle Rodríguez de la Fuente; Sur, propiedad de don Amador González Funes; Este, propiedad de don Eduardo Aguilera Pavón y Oeste, calle Pablo Picasso. Valorada en siete millones quinientas mil pesetas (7.500.000 ptas.).
Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Cijuela (Granada).
Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponerse recurso ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Granada, 13 de septiembre de 1996.- El Delegado, Jesús Quero Molina.
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