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EDICTO
Don Faustino Flores Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta Villa.
Hace saber: Que habiéndose advertido errores y omisiones en el Edicto de este Ayuntamiento publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 107, de fecha 17 de septiembre de 1996, páginas 11.614 a 11.617, se efectúan las siguientes correcciones y añadidos:
- Página 11.614, base Segunda, apartado b, donde dice «y no exceder de los treinta¯, debe decir «y no haber cumplido los treinta¯.
- Página 11.615, base Quinta, apartado 3.3.3., a continuación de 145 mm/hg, debe añadirse: en presión sistólica y 90 mm/hg en presión diastólica.
- Página 11.616, base Quinta, 3.ª Pruebas psicotécnicas, se sustituye su anterior redacción por la siguiente:
«El examen psicotécnico constará, en todo caso, de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican:
- Intelectuales: Nivel intelectual con un cociente de inteligencia general superior a la media de la población española.
- Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal, razonamiento verbal y espacial, y memoria. Atributos que requieren una puntuación media-alta.
- Características de la personalidad: Ausencia de Patología. Madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberá ser media-alta.
Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.
- Página 11.616, 4.ª Pruebas de conocimiento. Donde dice «1 hora¯, debe decir «3 horas¯.
- Página 11.616, base Sexta. Vocales. Añadir «un representante de la Junta o Delegado de personal de la Corporación¯.
- Página 11.617, base Octava, punto 2, a continuación de «en su caso¯, añadir «con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas si se trata de un nuevo ejercicio¯.
- Página 11.617, base Octava, añadir «4. Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales¯.
- Página 11.617, base Decimocuarta, donde dice Decreto 186/92, debe decir «Decreto 196/92¯.
- Página 11.617, después de «demás normativa aplicable¯, añadir: Decimoquinta. Recursos.
Las Bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público para general conocimiento. Montizón, 23 de septiembre de 1996.
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