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En uso de las facultades que me confiere el Decreto 208/92, de 30 de diciembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud, esta Dirección Gerencia ha resuelto anunciar reajuste de anualidades en la concesión de subvención que se indica con los requisitos que asimismo se señalan.
SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. SERVICIOS CENTRALES
A S U N T O
Reajuste de anualidades de la subvención específica por razón del objeto concedida al Ayuntamiento de Jaén para la construcción de Centro de Salud T-II en la Magdalena.
A N T E C E D E N T E S
Con fecha 18 de abril de 1995 y con el fin de mejorar las prestaciones sanitarias a la población de Jaén y su entorno, se autorizó por la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Salud la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Jaén para la construcción de Centro de Salud T-II en la Magdalena, por un importe total de cien millones de pesetas (100.000.000 ptas.), con la siguiente distribución de anualidades:
Año 95: 10.000.000 ptas.
Año 96: 20.000.000 ptas.
Año 97: 70.000.000 ptas.
La Resolución se publicó en el BOJA núm. 86, de 14 de junio de 1995.
Con fecha 2 de enero de 1996 se autorizó por la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Salud la ampliación de la subvención otorgada anteriormente en un importe de treinta y dos millones de pesetas (32.000.000 ptas.) derivado de las particulares condiciones topográficas y geotécnicas del solar que hacen necesario proyectar una cimentación especial que, si bien es más costosa, garantiza mejores condiciones de seguridad y estabilidad en el edificio, lo que implica un aumento sobre el importe previsto para la ejecución de las obras, quedando las anualidades previstas de la siguiente forma:
Año 95: 10.000.000 ptas.
Año 96: 20.000.000 ptas.
Año 97: 102.000.000 ptas.
Posteriormente en fecha 19 de marzo de 1996, el Jefe del Servicio de Proyectos y Obras, solicita el reajuste de las anualidades vigentes como consecuencia de la necesidad de ajustar las inversiones del ejercicio anterior, así como la conveniencia de armonizar la realidad de las obras a ejecutar y las disponibilidades presupuestarias del SAS en el Capítulo VII del presupuesto de gasto, proponiéndose el reajuste con la siguiente distribución:
Año 96: 10.000.000 ptas.
Año 97: 122.000.000 ptas.
Para su conocimiento y efectos, en fechas 20 de mayo y 18 de junio de 1996 se da trámite de audiencia al Ayuntamiento, manifestando éste su conformidad al reajuste de anualidad propuesto.
En fecha 21 de julio de 1996, la Intervención Central del SAS realiza la fiscalización previa del gasto y del compromiso, contabilizando la disposición del mismo.
Por ello, en virtud de las competencias que me vienen atribuidas por la Ley
8/86, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud y el Decreto
317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo establecido en el art. 21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 289/95, de 12 de diciembre), en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en el ejercicio de las facultades que me confiere el art. 11 de la Ley 5/83, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza
R E S U E L V O
Primero: Acordar el reajuste de anualidades de la subvención específica por razón del objeto, concedida al Ayuntamiento de Jaén para la Ejecución de las Obras de Construcción de Centro de Salud T-II en la Magdalena, quedando establecido a efectos de disposición de créditos de la siguiente forma:
Año 96: 10.000.000 ptas.
Año 97: 122.000.000 ptas.
Segundo: Acordar la firma de la modificación del Convenio de Cooperación formalizado en fecha de 23 de febrero de 1996 entre el SAS y el Ayuntamiento de Jaén.
Tercero: A los efectos del art. 21.3 de la Ley 9/93, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994 (prorrogados en virtud del Decreto 472/94, de 27 de diciembre), la presente Resolución se hará pública en el BOJA.
Sevilla, 19 de septiembre de 1996.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.
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