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El Decreto 11/92, de 28 de enero, por el que se establece la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, prevé en su D. Adicional 1ª que, con el fin de garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de lo SS.SS.CC. en la Comunidad Autonómica Andaluza, por la Consejería de Asuntos Sociales (creada por Decreto 382/1996, de 1 de agosto) se transferirán anualmente los créditos necesarios a las Corporaciones Locales de Andalucía que se acogieron al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de 1989, de acuerdo con las disposiciones presupuestarias y en el marco de la colaboración existente entre las distintas Administraciones Públicas.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.5 de la Ley 9/93 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto sobre prórroga del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, procede hacer pública la primera transferencia de las aportaciones Autonómica y Estatal a las Entidades Locales siguientes:
Entidad: Ayuntamiento de Huelva.
Importe: 82.915.663 ptas.
Entidad: Diputación Provincial de Huelva. Importe: 145.686.866 ptas.
Huelva, 22 de agosto de 1996.- La Delegada, Mª Luisa Faneca López.
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