Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 25/01/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 28 de diciembre de 1995, por la que se concede subvención al ayuntamiento de Huelva, para la realización de talleres ocupacionales en barriadas de actuación preferente.

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La Consejería de Educación y Ciencia entiende la Educación de las Personas Adultas como acción municipalizada, siendo el Municipio el ámbito territorial básico para el desarrollo de este derecho (artículo 3º , Ley

3/90), debido a esto se vienen firmado Acuerdos de Cooperación de diversos contenidos, cuya finalidad es la realización de acciones coordinadas y solidarias que permitan alcanzar los objetivos y fines propuestos en la mencionada Ley.

En función de los Acuerdos de Cooperación firmados entre esta Consejería y los Ayuntamientos, se pretende con éste, continuar desarrollando a través de los Centros Publicos Municipales para la Educación de Adultos estos talleres, que irán dirigidos a alumnos/as de Educación de Adultos de las Barriadas de Actuación Preferente (Decretos 202/89 y 188/90), cuyos objetivos generales se cifran en mejorar la situación de las personas adultas mediante una formación integral.

La Consejería de Educación y Ciencia y el Excmo. Ayuntamiento de Huelva llevan a cabo un Acuerdo de Cooperación para la realización de Talleres Ocupacionales en Barriadas de Actuación Preferente y dada la importancia e interés social de dichas actividades,

HA DISPUESTO

Primero. Se propone conceder subvención específica por razón del objeto al Excmo. Ayuntamiento de Huelva, para el desarrollo de sus actividades durante el Curso 1995/96, con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.18.00.03.00.464.00.32G.2 y por importe de dos millones de pesetas (2.000.000 ptas.).

Segunda. El Excmo. Ayuntamiento deberá justificar en el plazo de tres meses, desde la fecha de pago, la correcta inversión de la ayuda recibida mediante la presentación de los siguientes documentos:

a) Certificado de los gestores del Ayuntamiento, en el que se haga constar que el importe de ayuda ha sido destinado en su totalidad a las actividades por la que se concede la ayuda.

b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas, en la que se indique, para cada una de las actividades, el grado de cumplimiento de los objetivos programados y el número de personas que han participado en las mismas.

d) Carpeta-índice que incluye relación para cada una de las actividades especificadas en la Memoria de los gastos realizados que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Sevilla, 28 de diciembre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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