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En el recurso de reposición núm. 312/95, interpuesto por don Lucio Pedro Mª Franco, contra la Comprobación de Valor y Liquidación T0-1247/95 derivadas del exp. núm. 10.348/94 relativo al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, ha recaído resolución, de fecha 18-3-96, cuya parte dispositiva dice:
Desestimar el Recurso de Reposición presentado por don Lucio Pedro Mª Franco, contra la comprobación de valor y liquidación impugnadas, viniendo a confirmar las mismas, por ser ambas ajustadas a derecho.
No habiéndose podido notificar en el domicilio señalado por el interesado, se hace por medio de este anuncio de conformidad con lo establecido en el núm. 4 del art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significándole que contra la resolución citada, cuyo texto íntegro tiene a su disposición en el Servicio de Gestión de Ingresos Públicos de esta Delegación Provincial, podrá interponer reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía dentro de los quince días siguientes a la fecha de la publicación de éste.
Córdoba, 30 de septiembre de 1996.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.