Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 26/10/1996

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 23 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza a la empresa Ivesur, SA, para la ejecución de las inspecciones técnicas preceptivas para la renovación de los certificados de autorización especial para el transporte de mercancías peligrosas a determinados tipos de vehículos.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Orden de 30 de diciembre de 1994 del Ministerio de Industria y Energía por la que se modifica la de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas faculta a las estaciones de inspección técnica de vehículos ITV para realizar, en su caso, las inspecciones anuales específicas prescritas por el TPC o ADR en su Anexo B, y apéndices para los vehículos diferentes a los de los apartados a), b) y c) del artículo décimo de la citada Orden.

Segundo. La Orden de 31 de enero de 1996 por la que se regula la facultad otorgada a las estaciones ITV para realizar inspecciones técnicas definidas reglamentariamente, dispone en su artículo primero, punto 1, apartado m), que las estaciones de ITV andaluzas podrán realizar las inspecciones a vehículos de transporte de mercancías peligrosas para prorrogar el certificado TPC o ADR de dichos vehículos.

Igualmente, el punto 2, del mismo artículo, indica que para poder realizar estas inspecciones, las estaciones de ITV deberán contar con autorización expresa de la Administración competente, previa acreditación de los medios técnicos y humanos que la Dirección General de Industria, Energía y Minas establezca en cada momento en función del conocimiento del estado de la técnica.

Tercero. Mediante escrito de fecha 6 de septiembre de 1996, don Federico Espinosa Vallés, en nombre y representación de la entidad Ivesur, S.A., concesionario del Servicio de ITV en las zonas núm. 1 de Sevilla, núm. 1 y 2 de Málaga, y núm. 2 de Cádiz, solicita autorización para poder realizar las inspecciones anuales definidas en el punto anterior en las estaciones de ITV que dispone la entidad en dichas zonas y que hayan sido previamente autorizadas por la Junta de Andalucía.

Acompaña a la solicitud la siguiente documentación:

- Manual de Inspección.

- Informe de Inspección.

- Programas de los cursos de formación a los técnicos responsables de las estaciones ITV.

- Entidades impartidoras de cursos de formación al personal técnico de ITV.

- Certificados acreditativos de asistencia, extendido a los técnicos de la estación ITV.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para dictar esta Resolución viene atribuida a la Dirección General de Industria, Energía y Minas en virtud de lo previsto en el Anexo A, punto I, apartado 3, del Real Decreto 4164/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de industria, energía y minas, en relación con el artículo 3 del Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y artículo 30 de la Orden de 15 de julio de

1985, por la que se regula la organización y régimen jurídico de la concesión del servicio de inspección técnica de vehículos.

Segundo. El Real Decreto 1987/1985, de 24 de septiembre, sobre normas básicas de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, establece en su artículo 5, que las citadas estaciones podrán realizar aquellas otras inspecciones que se establezcan a instancias de la Comunidad Autónoma correspondiente, señalándose en el artículo 10.1, apartado d), de la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 30 de diciembre de 1994, que las inspecciones anuales específicas prescritas por el TPC o ADR en su Anexo B y apéndices para los vehículos, diferentes a las de los apartados a), b) y c) anteriores, podrán realizarse indistintamente por las entidades de inspección citadas anteriormente, o por las autorizadas para ello por las correspondientes Comunidades Autónomas.

En este sentido, la Orden de 31 de enero de 1996 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo establece, en su artículo primero, punto 2, la obligatoriedad de contar con autorización expresa de la Administración competente para que las estaciones ITV puedan realizar dichas inspecciones.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación.

R E S U E L V O

Autorizar la realización de las inspecciones técnicas necesarias para la renovación de los certificados de autorización especial a los vehículos del transporte de mercancías peligrosas por carretera, TPC y ADR, en las estaciones ITV que la entidad Ivesur, S.A., tenga autorizadas por la Junta de Andalucía, conforme a los siguientes requisitos:

1. Por cada inspección se extenderá un informe de acuerdo con el modelo presentado.

2. En las inspecciones se seguirá el manual presentado y las instrucciones que, al objeto, han dado origen a la presente Resolución.

3. Las tarifas a aplicar por este servicio serán las oficialmente aprobadas por la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Ordinario, ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de septiembre de 1996.- El Director General, Francisco Mencía Morales.