Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 29/10/1996

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Consejería de Cultura

RESOLUCION de 9 de septiembre de 1996, de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, por la que se notifica la de 2 de septiembre de 1996, por la que se acuerda declarar la pérdida del reconocimiento legal de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural El Manzano.

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Habiéndose dictado con fecha 2 de septiembre de 1996, Resolución del Director General de Juventud y Voluntariado por la que se acuerda declarar la pérdida del reconocimiento legal de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural «El Manzano¯.

Habiéndose intentado practicar la notificación de la citada Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante oficio dirigido al domicilio oficial de la referida Escuela, cursado por correo certificado con acuse de recibo, siendo éste devuelto por el Servicio de Correos con la nota «se ausentó sin dejar señas¯, desconociéndose otro domicilio.

Por el presente anuncio se le notifica el texto íntegro de la misma.

Contra la referida Resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses contados desde el día de la recepción de esta notificación, debiendo comunicar, de acuerdo con el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, la interposición del recurso contencioso-administrativo a este Centro Directivo.

El texto íntegro de la Resolución es el que se transcribe a continuación:

«RESOLUCION DEL DIRECTOR GENERAL DE JUVENTUD Y VOLUNTARIADO POR LA QUE SE ACUERDA DECLARAR LA PERDIDA DEL RECONOCIMIENTO LEGAL DE LA ESCUELA DE TIEMPO LIBRE Y ANIMACION SOCIOCULTURAL "EL MANZANO"

Una vez instruido el expediente de referencia, y ante la propuesta del Servicio de Gestión de Instalaciones Juveniles, adoptó la decisión que figura al final, a la que sirve de motivación los siguientes hechos y fundamentos de Derecho.

HECHOS

1. Con fecha 16 de octubre de 1990 esta Dirección General dictó Resolución por la que reconocía oficialmente como Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural a la Escuela denominada "El Manzano", con sede oficial en C/ Camino de Gines núm. 18, de Bormujos (Sevilla) (BOJA núm. 5, de 22 de enero de 1991) quedando inscrita con el núm. 5 en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de la Comunidad Autónoma de Andalucía dependiente de esta Dirección General.

2. Desde la fecha de su reconocimiento, la citada Escuela no mantuvo ningún contacto oficial con este Centro Directivo, no obstante se le había requerido en varias ocasiones para que cumpliese las obligaciones establecidas en el art. 11 del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre:

- Con fecha de salida 8 de julio de 1992, núm. de registro 2368, se envió el primer oficio a la Escuela de referencia, al domicilio oficial de la misma sito en C/ Camino de Gines, 18, en Bormujos (Sevilla), que se devuelve por el Servicio de Correos y Telégrafos una vez caducado en sus dependencias (12.9.92).

- Posteriormente mediante llamada al Excmo. Ayuntamiento de Bormujos, se contactó con la Jefa de Estudios de la Escuela quien confirmó que desde su reconocimiento y hasta entonces, la Escuela no había llevado a cabo ninguna programación.

- Con fecha de salida 30 de septiembre de 1992, núm. de registro 3188 se envió nuevo oficio a la escuela en el mismo sentido, e igualmente se devuelve caducado en las dependencias del Servicio de Correos y Telégrafos.

- Ante la infructuosidad de las notificaciones realizadas por el Servicio de Correos, el 6-3-93 y a través de miembros del Cuerpo de la Policía Municipal de Bormujos se practica la notificación de los oficios enviados el 8-7-1992 y el 30-9-92, en la persona de doña Virginia Rebollar Haro, Jefa de Estudios de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural "El Manzano".

3. Con fecha 8 de febrero de 1996, núm. de registro 251, y con motivo del seguimiento que desde esta Dirección General se está realizando sobre las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural reconocidas en nuestra Comunidad Autónoma, se envió oficio a la Escuela "El Manzano" en el que se le hacía un recordatorio de las obligaciones que le impone el Decreto

239/1987, de 30 de septiembre, de enviar cada año a este Centro Directivo, la programación del curso que vayan a impartir, así como la memoria de actividades del curso anterior. El 13 de febrero de 1993 dicho oficio es devuelto por el Servicio de Correos y Telégrafos (oficina de Bormujos).

4. Con fecha 18 de abril de 1996 esta Dirección General de Juventud y Voluntariado mediante Resolución, acordó iniciar expediente para declarar la pérdida del Reconocimiento legal otorgado por Resolución de fecha 16-10-1990 y consiguiente baja en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de Andalucía, a la Escuela "El Manzano", por incumplimiento de las obligaciones que le impone el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre.

5. Con fecha 18 de abril de 1996, núm. de registro 722, fue remitido por correo certificado y con acuse de recibo, oficio al domicilio oficial de la escuela comunicándole el trámite de Audiencia del referido expediente, siendo devuelto el 22-4-96 por el Servicio de Correos con la nota "se ausentó sin dejar señas".

6. El 29 de abril de 1996, núm. de registro de salida 801, de 3 de mayo, se solicitó al Ilmo. Ayuntamiento de Bormujos la publicación en el tablón de edictos, durante 15 días, del texto de la notificación del trámite de Audiencia del expediente iniciado para declarar la pérdida del Reconocimiento legal de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural "El Manzano". El anuncio indicado ha estado expuesto en el tablón de edictos del referido Ayuntamiento entre los días 3-6-96 y 24-6-96.

7. Con fecha 28 de mayo de 1996, en el BOJA núm. 62, se le dio publicidad a la Resolución de 26 de abril de 1996, de la Dirección General de Juventud y Voluntariado, por la que se anunciaba el trámite de audiencia del expediente iniciado para declarar la pérdida del reconocimiento legal de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural El Manzano.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. Es de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 92, de 6 de noviembre de 1987).

Segundo. La competencia en materia de programación y desarrollo de la animación sociocultural le corresponde a la Consejería de Cultura a través de la Dirección General de Juventud y Voluntariado en virtud de lo dispuesto en el art. 1º del Decreto 259/1994, de 13 de septiembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Cultura (BOJA núm. 146, de 17-9-94). El artículo 3º del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, atribuye la competencia para otorgar el reconocimiento de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la Dirección General de Juventud, mediante Resolución. Asimismo también le compete declarar su pérdida en los casos establecidos (art. 12 del Decreto

239/1987).

Tercero. Los artículos 9º, 10º y 11º del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, establecen las obligaciones que corresponden a las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural reconocidas en Andalucía, en particular, el art. 11º establece la obligación que tienen las Escuelas de enviar cada año a la Dirección General de Juventud de la Consejería de Cultura, la memoria de actividades del curso anterior, y con la suficiente antelación, la programación del curso que vayan a impartir; obligaciones éstas que no han sido atendidas desde la fecha de reconocimiento de dicha escuela, no existiendo ninguna constancia en este Centro Directivo de que hayan desarrollado ninguna actividad formativa.

Es por ello que en el ejercicio de sus competencias, la Dirección General de Juventud y Voluntariado desde el año 1992 ha recordado en varias ocasiones a la Escuela "El Manzano", las obligaciones que le venían impuestas por el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, informándoles de los efectos que podía ocasionar su incumplimiento.

Cuarto. El artículo 12º del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, establece que "el incumplimiento por las Escuelas reconocidas de lo establecido en el presente Decreto, motivará la apertura de expediente que podrá dar lugar a la pérdida del reconocimiento legal y de las ayudas que por este concepto pudieran estar percibiéndose".

Quinto. La Disposición Adicional Unica del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, crea el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dependiente de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Cultura en cuyo Libro 1, Hoja 1ª, Núm. Censo 5, consta inscrita la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural denominada "El Manzano".

Sexto. Al no establecer el Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, ningún procedimiento específico en la tramitación del expediente para declarar la pérdida del reconocimiento legal otorgado a una Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, se han seguido los trámites establecidos en el Título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tras la iniciación del expediente, su instrucción y habiéndose intentado practicar la notificación del trámite de audiencia infructuosamente, se procedió conforme está establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio (Bormujos) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, habiéndose llegado a la presente resolución sin que se hubiera hecho uso de tal trámite, por ningún interesado.

Por todo lo expuesto y en virtud de las facultades que me otorga el artículo

1º del Decreto 259/1994, de 13 de septiembre, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Cultura (BOJA núm 146, de 17-9-94), y el art. 3º en relación con el art. 12º del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm 92, de 6 de noviembre de 1987):

HE RESUELTO

Declarar la pérdida del reconocimiento legal otorgado por resolución de fecha 16-10-1990 a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural "El Manzano" con la consiguiente baja en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no es definitiva en vía administrativa, puede interponerse recurso ordinario ante la Excma. Consejera de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día de la recepción de esta notificación, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de septiembre de 1996.- El Director General, Francisco M. Guzmán Sánchez¯.

Sevilla, 9 de septiembre de 1996.- El Director General, Francisco M. Guzmán Sánchez.

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