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Conforme a las bases aprobadas por el Pleno Municipal en sesión de 24 de abril de 1995, se anuncia la siguiente convocatoria:
1.- NORMAS GENERALES.
1.1. Objeto de la Convocatoria y número de plazas.
Es objeto de la presente Convocatoria la provisión en propiedad de las plazas que se señalan a continuación, mediante concurso-oposición libre:
Las características de las plazas son las siguientes:
Numero: Una.
Grupo: C.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Policía Local
Categoría: Sargento
Denominación: Sargento Policía Local.
Edad de jubilación: 65 años.
Título exigido: Bachiller, Formación Profesional 2º Grado o equivalente. Retribuciones: Está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo C.
1.2. Derechos y deberes.
Quien obtenga la plaza, tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma, como Funcionario de la Policía Local, y los determinados con carácter general o especial por el Régimen Jurídico Local vigente o que se dicte en el futuro.
1.3. Régimen Jurídico Aplicable.
Las pruebas selectivas que se convocan, ser regirán por las presentes Bases, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Decreto de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía 96/1992, de 24 de Noviembre, la Orden de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de 29-1-93, el Real Decreto 2223/1984, de 19 de diciembre, la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, sobre selección de funcionarios de Administración Local, y demás disposiciones que les sean de aplicación.
1.4. Efectos vinculantes.
Estas Bases vinculan a la Administración convocante, al Tribunal y a todas las demás personas que tengan interés directo en la convocatoria.
2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Moguer, 10 de octubre de 1996.- El Alcalde, Manuel Burgos Cruzado.
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