Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 05/11/1996

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BAEZA

ANUNCIO de bases.

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BASES PARA LA PROVISION POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION DE UNA PLAZA DE MAESTRO DE OBRAS DE ESTE AYUNTAMIENTO

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el procedimiento de concurso-oposición de una plaza de Maestro de Obras, vacante en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, perteneciente a la escala de Administración Especial; subescala, Servicios Especiales; clase, Personal de oficio, dotada con el sueldo correspondiente al grupo de clasificación E.

Segunda. Requisitos.

Para tomar parte en el concurso-oposición es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de aquellos en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa. El exceso de edad podría compensarse en los servicios prestados anteriormente en la Administración Local.

c) Estar en posesión del certificado de escolaridad.

d) No padecer enfermedad que impida el normal ejercicio de sus funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B-1.

Tercera. Solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, así como los documentos acreditativos para la fase del concurso deben de ser dirigidas al Sr. Alcalde. Los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda. Se presentarán en el registro general de la Corporación durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.

Las instancias podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AA.PP. y del Procedimiento Administrativo Común. A la solicitud se acompañará recibo justificativo de haber ingresado en la Tesorería Municipal la cantidad de 2.000 ptas. en concepto de derechos de examen, o en su defecto justificante del giro postal o telegráfico de su abono.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, una vez requeridos, en su caso, los interesados que hubieran de subsanar los defectos en sus solicitudes.

En dicha Resolución, que se publicará en el BOP y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal calificador. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Quinta. Composición del Tribunal.

De acuerdo con el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, el Tribunal se compone:

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue. Vocales:- Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un funcionario, designado por la Corporación a propuesta de la Junta de Personal, de igual o superior categoría o titulación a la de la plaza a cubrir.

- Un concejal de la Comisión de Personal, designado por la Alcaldía.

- El Arquitecto Municipal.

- Un concejal de la oposición.

Secretario. El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Sexta. Desarrollo del concurso-oposición.

A. Fase de la oposición.

Los ejercicios serán los siguientes, todos ellos eliminatorios:

- Primer ejercicio: Consistirá en una prueba tipo test, sobre los temas contenidos en el Anexo I.

La calificación de esta prueba se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:

Calificación = ( A-E / n-1 ) x 10 / N.

A= Núm. de aciertos.

E= Núm. de errores.

n= Núm. de respuestas posibles en cada pregunta.

N= Núm. total de preguntas de la prueba.

- Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema, elegido por el Tribunal, de entre los contenidos en el Anexo II, durante un tiempo máximo de noventa minutos.

- Tercer ejercicio: Será de carácter práctico. Consistirá en resolver un supuesto, determinado por el Tribunal, en relación al puesto a desempeñar.

B. Fase del concurso.

Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio y se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

a) Por estudios superiores a los exigidos, por cada curso acreditado completo: 0,2 puntos, hasta un máximo de 1 punto.

b) Por trabajos realizados en la empresa privada en igual puesto (encargado de obras): 0,1 punto por mes hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por trabajos realizados en la Administración Local: 0,3 puntos por mes hasta un máximo de 6 puntos.

d) Por experiencia acreditada en obras de urbanización: 0,2 puntos por obra, hasta un máximo de 2 puntos.

Séptima. Calificación de los ejercicios.

Todos los ejercicios serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para pasar al siguiente. La puntuación de cada opositor en cada uno de los ejercicios se obtendrá dividiendo la suma de los puntos obtenidos en cada uno de ellos, por el número de miembros del Tribunal, quedando eliminados los opositores que tengan una puntuación inferior a 5 puntos en cualquiera de los ejercicios.

La calificación final vendrá determinada por la suma de la puntuación media obtenida en la fase de oposición y en la fase del concurso.

Octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento. Terminada las calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Presidente de la Corporación con propuesta de nombramiento.

El opositor propuesto presentará en la Secretaría General, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir de la fecha en que se hace pública la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en la presente convocatoria.

Si dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor el opositor propuesto no presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos en la base segunda no será propuesto su nombramiento y serán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir.

El opositor propuesto deberá tomar posesión del cargo en el plazo de 30 días, contados a partir de la publicación del nombramiento en el BOE. Novena. Incidencias.

El Tribunal queda facultado para resolver las incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.

Décima. Derecho supletorio.

En lo no previsto en las bases de la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto 2.223/84, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de las Administraciones del Estado, Real Decreto 896/91, de 7 de junio, Ley 7/85, de 2 de abril, R.B.R.L., el T.R.R.L. de 18 de abril de 1996 y demás normativa aplicable.

Undécima. Impugnaciones.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados interponiendo recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En el supuesto de interponer el citado recurso, deberá remitir a este Ayuntamiento la comunicación previa determinada por el art..3 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

ANEXO I

1. La Constitución española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales.

2. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Instituciones autonómicas: Parlamento, Presidente y Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

3. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

4. El municipio. Organización municipal. Competencias.

5. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

6. Deberes de los funcionarios públicos locales. Responsabilidad y régimen disciplinario.

ANEXO II

7. Replanteos. Generalidades. Utiles empleados, útiles de fijación. Ejecución de trabajos. Seguridad e higiene.

8. Obras de hormigón. Generalidades. Clases de hormigones. Componentes del hormigón. Fabricación de hormigón y puesta en obra. Encofrados. Ejecución de trabajos. Seguridad e higiene.

9. Albañilería. Organización de trabajos. Operarios, materiales, herramientas, útiles y medios auxiliares. Seguridad e higiene.

10. Conocimientos e interpretación de planos. Escudos.

Baeza, 1 de octubre de 1996.- El Alcalde.

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