Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 07/11/1996

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE JAEN

ANUNCIO de bases.

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La Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 1996, acordó lo siguiente:

BASES DE SELECCION PARA LA PROVISION DE

UNA PLAZA DE EMPLEADO/A LABORAL FIJO/A CON LA CATEGORIA DE INGENIERO TECNICO TOPOGRAFO, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION

Primera. Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso-oposición, de una plaza de empleado/a laboral fijo/a con categoría de Ingeniero Técnico Topógrafo, vacante en la plantilla de la Excma. Diputación Provincial, perteneciente al Grupo B.19 correspondiente a la Oferta de Empleo de 1996.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos la edad de 18 años.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Topógrafo o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial; debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico Topógrafo (artículo 19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado).

Se deberán adjuntar, fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y e) que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartado a), b) y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén, o por los medios previstos en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama al Area de Personal de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 10 días naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.

Quinta. Derechos de examen.

Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 1.500 ptas. en la cuenta número 20920010191100000013 abierta a nombre de la Diputación Provincial de Jaén en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén.

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, en el supuesto de no ser admitidos/as.

En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

El justificante, de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, se concederá a los aspirantes excluidos.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

Asimismo el Ilmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley

30/1992.

Séptima. Procedimiento de selección de los/as aspirantes.

La selección constará de dos fases:

Una de Concurso y otra de Oposición.

La fase de Concurso será previa a la de Oposición.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el aspirante seleccionado. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

1. Fase de Concurso.

A) Méritos Académicos:

Expediente personal relacionado con la titulación exigida para tomar parte en la Convocatoria, según el siguiente desglose:

- Por cada Notable, 0,10 puntos.

- Por cada Sobresaliente, 0,15 puntos.

- Por cada Matrícula de Honor, 0,30 puntos.

Puntuación máxima por este apartado 1 punto.

B) Méritos Profesionales:

Servicios prestados.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local en plaza o puesto de Ingeniero Técnico en Topografía, 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Ingeniero Técnico en Topografía, 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas Privadas, con la categoría de Ingeniero de Técnico en Topografía, 0,05 puntos.

Puntuación máxima por este apartado 6 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

C) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas:

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público.

- Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,15 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,20 puntos. De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días 0, puntos. De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,40 puntos. De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,50 puntos. De más de 200 horas o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

- Por la participación como Director, Coordinador o Ponente: 0,20 puntos.

La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Puntuación total por este apartado 3 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

A) Méritos académicos.

Certificación académica expedido por la Administración correspondiente, en la que conste la individualización de las asignaturas.

B) Experiencia profesional.

Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

Certificado de cotizaciones de la Seguridad Social acompañado del contrato de trabajo o nóminas o cualquier otro documento con fuerza probatoria.

C) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

2. Fase de Oposición.

Primer Ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas concretas o un cuestionario sobre materias comunes del Programa Anexo, cuyo número determinará el Tribunal. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será de 90 minutos.

Segundo Ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos a elegir por el aspirante, entre tres propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa Anexo. El tiempo máximo de realización para los dos supuestos serán de 4 horas.

El sistema de calificación de los ejercicios será el siguiente:

Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquéllos que no alcancen un mínimo de 5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adaptándose las calificaciones sumando las otorgadas y dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal. Despreciándose las puntuaciones diferenciales en 3 puntos.

Octava. Desarrollo de los Ejercicios.

En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la Baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.

Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

Novena. Tribunal Calificador.

Presidente: El de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a Técnico/a experto/a en la materia objeto de la convocatoria, designado/a por el Sr. Presidente de la Corporación.

- El Director Gerente del Area Técnica de Infraestructuras y Equipamientos Municipales.

- Un/a empleado/a público/a designado/a por el Presidente.

- Un/a Empleado/a público/a designado/a por el Presidente a propuesta del Comité de Empresa.

Secretario:

Funcionario de Carrera que se designe, a efectos de fe pública.

La designación de los miembros del Tribunal, incluirá de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los vocales deberán estar en posesión de titulación académica de igual o superior nivel al exigido para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias prevista en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Décima. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y designación.

Terminada la calificación de los ejercicios y valoración de los méritos, el Tribunal publicará el nombre del/de la aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de Concurso y Oposición, que se elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación para que proceda a formular la designación como empleado laboral fijo. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El/La aspirante propuesto/a presentará en el Area de personal de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación, no podrá ser contratado y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir.

El/Los aspirante/s seleccionado deberá someterse, previamente a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que el/la mismo/a no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuesto/a.

Quien tuviere la condición de empleado/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Decimoprimera. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Base final. Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa pudiendo interponer los/as interesados/as recursos Contenciosos-Administrativos ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, debiendo comunicar previamente su intención de interponer el correspondiente recurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 110. 3 de la Ley 30/1992.

Contra los actos del Tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar con el procedimiento o produzcan indefensión se podrá formular recurso ordinario ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente, en el plazo de un mes desde que se haga público el acuerdo o propuesta de resolución adoptada que se pretenda impugnar.

ANEXO

GRUPO 1. PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución de 1978. Principios generales. Características y Estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del derecho público. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Especial consideración del interesado.

Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.

Tema 5. El acto administrativo: concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local. Sus fases. El silencio administrativo.

Tema 6. Régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 7. Organización y competencias provinciales.

Tema 8. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen Disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al Servicio de las Entidades Locales.

Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 12. El Presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

GRUPO II. PARTE ESPECIFICA

Tema 1. Metrología, calibraciones. Unidades de medida utilizadas en Topografía. Cambio de unidades.

Tema 2. Escalas. Escalas numéricas y gráficas. Escalas más frecuentes en los distintos trabajos topográficos.

Tema 3. Clasificación de los levantamientos. Sistema de representación usado en Topografía. Orientación de planos. Nortes usados en Topografía.

Tema 4. El terreno y su representación. Planimetría y altimetría. Planos acotados y planos con curvas de nivel. Perfiles, clases.

Tema 5. Teoría elemental de errores. Errores sistemáticos y accidentales, aplicables a la Topografía. Concepto de exactitud y precisión.

Tema 6. Instrumentos y procesos para las observaciones de ángulos acimutales y cenitales.

Tema 7. Medida de distancias. Medición directa de distancias. Medida indirecta de distancias, método estadimétrico. Medición electrónica de distancias.

Tema 8. Métodos planimétricos. Transformación de coordenadas. Método de radiación.

Tema 9. Método de intersección. Métodos directo e indirecto. Trisección.

Tema 10. Método de itinerario, clases. Cálculo, error de cierre y compensación de una poligonal.

Tema 11. Nivelación geométrica o por alturas. Métodos. Nivelaciones de precisión. Líneas de Nivelación de Alta Precisión del IGN, en la provincia de Jaén.

Tema 12. Nivelación trigonométrica o por pendientes. Error kilométrico de una nivelación.

Tema 13. Nivelación barométrica. Precisión de la nivelación barométrica. Altímetros.

Tema 14. Triangulaciones topográficas. Cadenas de triángulos. Observación, cálculo y compensación. Trilateración.

Tema 15. Taquimetría óptica y electrónica. Fundamentos. Enlaces de estaciones. Descripción de los trabajos de campo y gabinete.

Tema 16. Vías de comunicación. Esquema general y fases del levantamiento taquimétrico de una carretera.

Tema 17. Topometría urbana. Planos numéricos y planos gráficos. Triangulación urbana. Poligonación: Observaciones y cierres. Levantamiento de detalles.

Tema 18. Resumen de las Instrucciones del IGN, para el levantamiento de planos de población.

Tema 19. Agrimensura. Parcelaciones, deslindes y expropiaciones. Cálculo de superficies, procedimientos.

Tema 20. Medidas agrarias en el Sistema de Castilla. Equivalencias y conversiones al Sistema Métrico Decimal. Vías pecuarias, clasificación y dimensiones.

Tema 21. Definición y objeto del Catastro. Características parcelarias. Elementos básicos del Catastro.

Tema 22. Instrumentos topográficos, descripción y uso. Características óptico-mecánicas. Accesorios. Verificaciones y correcciones de los instrumentos topográficos.

Tema 23. Taquímetros electrónicos, descripción y uso. Accesorios. Colectores de datos.

Tema 24. Informática aplicada a la Topografía. Introducción, tratamiento y proceso de los datos, para la realización de planos topográficos.

Tema 25. Programas informáticos de Topografía y Cartografía. Funcionalidades y procesos.

Tema 26. Planos de un proyecto. Anexos de Topografía: Cálculos, cuadro de coordenadas, reseñas y estado de replanteo.

Tema 27. Señalización de puntos. Tipos de señalización. referencias y reseñas.

Tema 28. Marcado de alineaciones, ángulos y puntos. Trazado de perpendiculares, paralelas y bisectrices, en el terreno.

Tema 29. Métodos de replanteo, en planimetría.

Tema 30. Replanteo de curvas utilizadas en la planta de un proyecto. Elementos. Sobreanchos.

Tema 31. Altimetría de obras. Acuerdos verticales. Replanteo de rasantes. Comprobación de capas, peraltes y taludes.

Tema 32. Sistemas de Posicionamiento Global. Fundamentos y aplicaciones.

Tema 33. Sistemas de referencia, equipos y metodologías de observación, con técnicas de Posicionamiento Global.

Tema 34. Cálculo, precisiones y descripción de las técnicas de Posicionamiento Global.

Tema 35. Triangulaciones geodésicas. Métodos. Sistemas de referencia geodésicos utilizados en España.

Tema 36. Red Geodésica Española. Red Geodésica en la provincia de Jaén, establecida por el IGN. Documentación.

Tema 37. Sistemas de proyección cartográfica. Clasificaciones. Anamorfosis.

Tema 38. Proyección U.T.M.

Tema 39. Cartografía editada por el Servicio Geográfico del Ejército. Mapas generales, locales y especiales. Características de la nueva Cartografía Militar.

Tema 40. Cartografía publicada por el Instituto Geográfico Nacional. Series básicas y Cartografía digital.

Tema 41. Fotogrametría. Técnicas fotogramétricas. Métodos generales. Aplicaciones.

Tema 42. Fotogrametría Aérea. Vuelos fotogramétricos. Proyectos de vuelo.

Tema 43. Fotografías aéreas. Características de los fotogramas. Recubrimiento.

Tema 44. Apoyo fotogramétrico. Métodos. Aerotriangulación. Puntos de apoyo, documentación.

Tema 45. Restitución fotogramétrica. Instrumentos.

Tema 46. Revisión de minutas procedentes de restitución fotogramétrica.

Tema 47. Acabado de planos. Simbología. Cartografía en soporte informático.

Tema 48. Seguimiento y supervisión de los distintos trabajos, para la obtención de Cartografía.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 14 de octubre de 1996.- El Presidente, Felipe López García.