Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 07/11/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de septiembre de 1996, de la Delegación de Gobernación de Jaén, por la que se presta conformidad a la enajenación mediante permuta de unos terrenos municipales por los de don Manuel López Martínez y de doña Manuela Casas Azorit, en la localidad de Ubeda (Jaén).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Ubeda, se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22-2-1, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante permuta, acordada por el Excmo. Ayuntamiento de Ubeda (Jaén), de los siguientes terrenos:

1. Finca propiedad municipal.

Parcela, en el sitio de San Ginés, con una superficie de 1.738,05 m, que linda al Norte y Este con terrenos de don Manuel López Martínez, al Sur con Camino de los Ibreños y al Oeste con resto de la finca matriz. Esta parcela se segregará de la finca matriz núm. 10.224-N. Inscrita al Tomo 1.629, Libro

728, Folio 208.

Valor pericial: 1.190.530 ptas.

2. Finca propiedad del particular.

Parcela, en el sitio de San Ginés, con una superficie de 3.191,19 m, que linda al Norte con propiedad de Viuda de don José Rojas Campos, al Sur y Oeste con terrenos de propiedad municipal, al Este con resto de finca matriz. Esta parcela se segregará de la finca matriz núm..733. Inscrita al Tomo 622, Libro 281, Folio 208.

Valor pericial: 1.971.791 ptas.

Segundo. El Excmo. Ayuntamiento de Ubeda tendrá que abonar a don Manuel López Martínez y doña Manuela Casas Azorit, la diferencia de valor existente entre el valor antes indicado de la parcela de terreno de propiedad municipal y el valor de la parcela de terreno de propiedad particular, que asciende a 727.261 ptas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, desde el recibo de la presente, recurso ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 30 de septiembre de 1996.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.