Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 09/11/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 23 de octubre de 1996, por la que se modifican puestos de trabajo del Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, Educación Infantil y Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Orden de 7 de junio de 1996 (BOJA del 10) hacía públicos los puestos de trabajo del Primer Ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, Educación Infantil y de Educación Primaria, resultantes de la nueva ordenación del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La planificación educativa tiende a adecuar progresivamente los Centros Públicos a lo contemplado en el modelo final establecido en el Mapa de Enseñanzas y Red de Centros Públicos de Andalucía, mediante la transformación de Centros de Educación Infantil y Primaria en Centros de Educación Secundaria, o la creación de Secciones de Educación Secundaria Obligatoria, así como desgloses y supresión de puestos de trabajo, atendiendo en todo caso a la voluntariedad de los Maestros.

Todo lo anterior tiene una incidencia directa sobre los Maestros afectados, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto 1774/94, de 5 de agosto (BOJA del 30 de septiembre).

De lo expuesto se deduce la conveniencia de publicar las transformaciones, desgloses y supresiones que se producen en los distintos Centros, y en la necesidad de desarrollar lo contemplado en la citada Disposición Adicional, con el fin de dar las máximas garantías de permanencia en los Centros a los Maestros afectados.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en el artículo 19 del Decreto 154/1996, de 30 de abril (BOJA del 21 de mayo), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Los Centros Públicos que figuran en el Anexo de esta Orden modifican su relación de puestos de trabajo mediante transformaciones, supresiones o desgloses, en la forma que en cada caso se indica.

Segundo. Las modificaciones efectuadas por esta Orden tendrán efectos de 1 de septiembre de 1996.

Tercero. Se faculta a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para que dicte las instrucciones oportunas que garanticen la efectividad de la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo previsto en el artículo

37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de octubre de 1996

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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