Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 16/11/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Huelva, notificando Resolución de renovación de máquinas recreativas a la empresa operadora Settseman, SL.

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Con fecha 14 de febrero de 1996, don Manuel Morales Sánchez, en nombre y representación de la entidad Settseman, S.L., solicita la renovación de las autorizaciones de explotación de las máquinas recreativas tipo «B¯, HB/3402, con matrícula HU-3144; HB/3408, matrícula HU-3143; HB/3657, matrícula HU-2452.

El día 18 de marzo se requiere a dicha empresa para que aporte al expediente, justificantes del abono de las Tasas Fiscales sobre el Juego correspondientes al ejercicio 1995 y primer trimestre de 1996, y fotocopia de la guía de circulación del permiso HB/3657, concediéndole un plazo de diez días desde su notificación (realizada el 23 de abril de 1996), advirtiéndole que si no se aportaba dicha documentación se le tendría por desistido de su petición, archivándose sin más trámite con los efectos previstos en el artículo 42.1 a tenor de lo establecido en el artículo 71, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El 5 de agosto de 1996 se dicta Resolución por esta Delegación declarando extintas, entre otras las autorizaciones de explotación HB/3402, HB/3408 y HB/3657, por impago de las Tasas Fiscales sobre el Juego. Dicha resolución fue notificada reglamentariamente el día 13 de agosto de 1996.

Consultados los archivos de este Centro, se comprueba que dicha autorización fue concedida por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Huelva el día 15 de mayo de 1991.

HECHOS PROBADOS

Las autorizaciones de explotación HB/3402, HB/3408 y HB/3657, titularidad de la empresa operadora Settseman, S.L. han agotado su período de validez de cinco años, sin que dentro del plazo establecido hayan sido renovadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 23.2 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio, establece: «Las autorizaciones de explotación tendrán validez de cinco años, sin que con anterioridad a su vencimiento puedan extinguirse o suspenderse, o quedar de cualquier otra forma sin vigor, por los cambios de provincia a que se refiere el artículo 30, ni por las transmisiones a que se refiere en el artículo 27, y salvo que concurra alguna de las causas a que se refiere el artículo 29 de este Reglamento¯.

El párrafo cinco del citado artículo contempla la forma de realizar las citadas renovaciones; la renovación de las autorizaciones de explotación deberá ser solicitada con, al menos, tres meses de antelación a su vencimiento. La solicitud se dirigirá al Delegado de Gobernación de la provincia donde la máquina esté instalada, acompañando una fotocopia de la autorización que pretenda renovar.

En el plazo máximo de un mes, el Delegado de Gobernación resolverá sobre la renovación concediéndole por igual período de cinco años si la máquina, empresa operadora y autorización reúnen los requisitos establecidos en el presente Reglamento, previo pago de la tasa de servicios que proceda.

El artículo 29.1 del antes citado Reglamento dispone que se extinguirán la autorización de explotación y cesará, en consecuencia, la explotación de la máquina, en los casos que, con carácter exhaustivo, se relacionan seguidamente:

d) Por impago de la Tasa Fiscal sobre el Juego, que se comunicará por el Delegado de la Consejería de Hacienda al Delegado de Gobernación, a estos efectos.

Conforme al Real Decreto 1710/84, de 18 de julio, la competencia para resolver en materia de Casinos, Juegos y Apuestas ha sido transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía, la cual la ha asignado a la Consejería de Gobernación por Decreto 269/84, de 16 de octubre, y en virtud de lo establecido en la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas, y en el Decreto 181/1987, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, corresponde al Ilmo. Sr. delegado de Gobernación de Huelva, la competencia para conocer sobre el presente expediente.

PROPUESTA DE RESOLUCION

A la vista de todo lo anterior, la Jefa de Servicio de Juegos y Espectáculos Públicas de esta Delegación propone que se denieguen las renovaciones solicitadas declarándose extintas las autorizaciones de explotación HB/3402, HB/3408 y HB/3657 y ordenar la entrega de toda la documentación de la máquina recreativa amparada en dicha autorización de explotación, a fin de proceder a su inutilización. La Jefa de Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos. Fdo.: Macarena Bazán Sánchez.

RESOLUCION

Conforme con la anterior Propuesta. Notifíquese al interesado como resolución de esta Delegación de Gobernación, significándole que no agota la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso ordinario, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, a partir de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los arts. 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Huelva, 26 de agosto de 1996.

Huelva, 16 de octubre de 1996.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.

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