Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 19/11/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Sevilla, por el que se notifica resolución de expediente sancionador que se cita. (SAN/ET-17/ 96-SE).

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Examinado en esta Delegación de Gobernación el expediente sancionador de referencia seguido a don Rogelio Mije Díaz con domicilio en Sevilla, C/ Madre Inmaculada, 2, resulta lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S

I

Mediante acta de fecha 19 de abril de 1995 formulada por la unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se denuncian los siguientes hechos: Reventa no autorizada de localidades para espectáculos taurinos en la plaza de toros de Sevilla.

II

Con fecha 19 de enero de 1996 se dictó Acuerdo de Iniciación de Expediente, nombrándose Instructor y Secretario del mismo. No se han presentado alegaciones al Acuerdo de Iniciación de Expediente Sancionador ni a la Propuesta de Resolución del mismo.

III

En el presente expediente se han seguido los trámites previstos en la legislación vigente en materia de expedientes sancionadores.

HECHOS PROBADOS

Del examen del expediente y documentación incorporada al mismo, resultan probados los hechos referidos en el antecedente I de la presente Resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de Espectáculos Públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios en esta materia, de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realizó por Real Decreto 1677/1984, de

18 de julio y por Real Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, se asignan a la Consejería de Gobernación dichas funciones y servicios.

II

Los hechos constituyen infracción del artículo 37.5 del Real Decreto

176/1992, de 28 de febrero, Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta y sancionándose en la cuantía propuesta conforme a los artículos

15.n) y 18.1.a) de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Vistos: Los textos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación de Gobernación ha resuelto sancionar a don Rogelio Mije Díaz con 50.000 ptas. de multa.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Nota: Se acompaña impreso núm. 269963 con el que podrá hacer efectivo el pago de la sanción mediante ingreso en la c/c 63/01050-54 del Banco de Andalucía, abierta a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía. Cuenta restringuida para la recaudación de tasas y otros ingresos¯.

Sevilla, 29 de julio de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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