Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 19/11/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 31 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por la Consejera resolviendo el recurso ordinario interpuesto por don Rafael Cabrera Fernández de Henestrosa. Expediente sancionador núm. 87/96.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Rafael Cabrera Fernández de Henestrosa contra la resolución de la Ilma. Sra. Delegada de Gobernación en Córdoba por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación y Recursos de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad

En la ciudad de Sevilla, a dieciocho de junio de mil novecientos noventa y seis.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes:

ANTECEDENTES

Primero. Por el Instructor del expediente 87/96-EP, se dictó, con fecha 19 de abril de 1996, Resolución denegando la práctica de la prueba en el expediente citado.

Segundo. Notificada la misma, se interpuesto por don Rafael Cabrera Fernández de Henestrosa, recurso ordinario, con fecha 10 de mayo de 1996.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I

De acuerdo con lo previsto en el art. 107.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso ordinario contra las resoluciones que no pongan fin a la vía administrativa y los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar un procedimiento o produzcan indefensión.

II

A la vista del expediente se comprueba que no se ha dictado Resolución sobre las cuestiones planteadas.

Vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general aplicación, resuelvo no admitir a trámite el recurso interpuesto.

Contra la presente resolución -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden 29.7.85). Fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova.

Sevilla, 31 de octubre de 1996.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.

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