Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 21/11/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 19 de agosto de 1996, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, el ajimez del edificio que se cita, en Lepe (Huelva).

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Vistas las actuaciones practicadas en el procedimiento incoado por Resolución de 21 de julio de 1994, de esta Dirección General, para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del Ajimez del edificio sito en C/ Oria Castañeda, núm. 26 en Lepe (Huelva) se resuelve con la decisión que se contiene al final del presente escrito, a la que sirve de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

Primero. Por Resolución de 21 de julio de 1994 de esta Dirección General, se incoa procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del Ajimez del edificio sito en C/ Oria Castañeda, núm. 26 en Lepe (Huelva), al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 y 2 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

Segundo. En la tramitación del procedimiento han sido observadas las formalidades previstas en el apartado 2 del artículo 9 de la Ley antes citada, concediéndose trámite de audiencia tanto a los interesados en el procedimiento de inscripción, como al Ayuntamiento de Lepe, Huelva, en cuyo término municipal está situado el inmueble.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El Estatuto de Autonomía de Andalucía en su artículo 12.3, refiriéndose a las funciones de conservación y enriquecimiento del Patriminio Histórico que obligatoriamente deben asumir los poderes públicos según prescribe el artículo 46 de la Constitución Española de 1978, establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma la protección y realce del patrimonio históricoartístico de Andalucía, atribuyendo a la misma en su artículo 13.27 y 28, competencia exclusiva sobre esta materia.

En ejercicio de dicha competencia es aprobada la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, y entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

II. La competencia para resolver los procedimientos de inscripción genérica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, corresponde al Director General de Bienes Culturales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3 a) de la Ley 1/1991, de 3 de julio, y artículo 5.2 del Decreto

4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía.

III. Conforme determina el artículo 8 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, la inscripción genérica supondrá la exigencia de las obligaciones establecidas en esta Ley y la aplicación del régimen de sanciones previsto para los titulares de bienes catalogados.

IV. La inscripción de un bien inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, determinará, conforme establece el artículo 12 de la antes aludida Ley 1/1991, de 3 de julio, la inscripción automática del mismo con carácter definitivo en el registro de inmuebles catalogados o catalogables que obligatoriamente deben llevar las Comisiones Provinciales de Urbanismo, con arreglo al artículo 87 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico aprobado mediante Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Por todo lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación, esta Dirección General, resuelve:

Inscribir con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, el Ajimez del edificio sito en C/ Oria Castañeda núm. 26, en Lepe (Huelva), cuya identificación y descripción es la siguiente:

Identificación:

Denominación: Ajimez del Edificio sito en c/ Oria Castañeda, 26. Localidad: Lepe (Huelva).

Ubicación: C/ Oria Castañeda, 26.

Fecha de construcción: Siglo XVI.

Autor: Desconocido.

Estilo: Mudéjar.

Descripción.

El ajimez de la calle Oria Castañeda, denominada anteriormente Carnicerías, se sitúa en la fachada principal del edificio que ocupa la parcela correspondiente al núm. 26 de dicha calle.

El inmueble, de dos plantas de altura, mantiene la puerta principal coronada por una cornisa moldurada, sobre la que se asienta el citado ajimez.

El ajimez destaca respecto a la fachada encalada del edificio. Sus arcos peraltados y agrelados, construidos en fábrica de ladrillo, se enmarcan a la altura de la imposta por un alfiz de material cerámico. La columna parteluz, por su parte, esta realizada en mármol. Todo el conjunto aparece delimitado por un paramento de azulejos polícromos con motivos geométricos y florales, de los que actualmente algunos han desaparecido. El hueco se protege por medio de un cerramiento de cristal.

Contra esta Resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabrá interponer Recurso Ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1 y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día de la publicación.

Sevilla, 19 de agosto de 1996.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

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